Artículo 1629 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1629. El procurador o mandatario no puede novar si no tiene especial facultad para ello, o no tiene la libre administración de los negocios del comitente o del negocio a que pertenece la deuda.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Ejecución de una transacción con pago en cuotas o mediante servicios de publicidad
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del ejecutado: que la dación en pago con publicidad fuera solo una modalidad de pago es un hecho fijado e inamovible.
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Excepción de novación en cobro de pagaré de Factorone sin prueba de facultades para novar
Invalida de oficio la sentencia de la Corte de La Serena que acogió la novación, porque presumió las facultades para novar de quien firmó el memorándum sin un hecho base probado.
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Excepción de novación en el cobro ejecutivo de un pagaré de Factorone S.A. a un avalista
Rechaza la casación de la ejecutante porque omitió denunciar como infringidos el artículo 464 número 12 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 12 de la Ley 18.092, decisorias de la litis.
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Nulidad de compraventa y contratos celebrados por el hijo con mandato general del padre
Rechaza el recurso de la demandante: no denunció leyes reguladoras de la prueba para discutir el precio tenido por real, y el exceso del mandatario acarrea inoponibilidad, no nulidad.
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Deuda nacida de novación tras un convenio preventivo con abandono de bienes
Rechaza la casación de la demandada: no denunció las normas sobre novación que fundaron el fallo ni explicó la influencia de los errores, y el artículo 254 de la Ley de Quiebras no se aplica.
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Nulidad de la venta de un predio que la mandataria hizo a su cónyuge
Rechaza la casación de los demandados: la autorización para autocontratar del artículo 2144 del Código Civil debe ser específica, y el autocontrato inadmisible se sanciona con nulidad relativa.
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