Artículo 1612 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1612. La subrogación, tanto legal como convencional, traspasa al nuevo acreedor todos los derechos, acciones, privilegios, prendas e hipotecas del antiguo, así contra el deudor principal, como contra cualesquiera terceros, obligados solidaria o subsidiariamente a la deuda.
Si el acreedor ha sido solamente pagado en parte, podrá ejercer sus derechos, relativamente a lo que se le reste debiendo, con preferencia al que sólo ha pagado una parte del crédito.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Restitución de $54.729.373 que el Banco del Estado entregó por error a la vendedora
Rechaza el recurso de la demandada: no impugnó eficazmente los hechos y, ante un concurso de acciones, el banco podía elegir el pago de lo no debido en lugar de la subrogatoria.
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Reembolso de dividendos hipotecarios pagados por un comunero y sentencia de alimentos
Rechaza la casación del demandante por omitir normas decisorias de la litis y por discutir el hecho fijado de que la demandada le entregó cerca de $8.400.000 por los dividendos.
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Partición tras la sociedad conyugal: reembolso del 50% de los dividendos hipotecarios
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandado reconvencional, que alegaba pagados los dividendos con la pensión de alimentos, por omitir normas decisorias de la litis.
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Cobro de pesos de AVLA S.A.G.R.: los demandados alegan que la acreedora era AVLA Seguros
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada, que omitió normas decisorias como los artículos 1608, 1610 N° 3 y 2370 del Código Civil y 14 de la Ley N° 20.179.
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Cobro de Suaval Garantías por subrogación sin pago acreditado al acreedor original
Rechaza la casación de la demandante por no denunciar infringido el artículo 1608 del Código Civil, norma decisoria litis, y por pretender alterar el hecho de que no se acreditó el pago.
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Repetición de Codelco contra sus codeudores solidarios tras pagar una indemnización
Rechaza las casaciones de las demandadas: Codelco pagó antes del desistimiento fundado en la transacción y quedó subrogado según el artículo 1522 del Código Civil; Tersainox discute hechos fijados.
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Preferencia del impuesto territorial pagado por un acreedor en una liquidación concursal
Rechaza la casación de Inversiones e Inmobiliaria Prameb Limitada: la preferencia del artículo 105 de la Ley General de Bancos rige solo en el juicio hipotecario de un banco, no en un concurso.
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Excepciones a la ejecución de una sociedad de garantía recíproca subrogada en el crédito
Rechaza la casación de las ejecutadas contra el rechazo de las excepciones de los números 4, 7 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, porque busca alterar hechos fijados.
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Reembolso de dividendos pagados por el ex cónyuge a cambio de vivir en el inmueble
Rechaza la casación del demandante: es inamovible el hecho de que pagó los dividendos por un acuerdo para permanecer en el inmueble, y el artículo 1709 no revierte lo resuelto.
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Tercería de prelación basada en hipoteca frente al crédito valista de Banco Santander
Rechaza la casación del ejecutante, Banco Santander, por no denunciar infringidas las normas que resuelven la tercería, como los artículos 518 y 527 del Código de Procedimiento Civil.
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