Artículo 1873 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1873. Si el comprador estuviere constituido en mora de pagar el precio en el lugar y tiempo dichos, el vendedor tendrá derecho para exigir el precio o la resolución de la venta, con resarcimiento de perjuicios.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Cobro de pesos con facturas: no se probó la deuda ni la mora de la demandada
Rechaza la casación de la demandante: omitió normas decisorias de la litis, y los artículos 1698 del Código Civil y 346 del Código de Procedimiento Civil no son aquí reguladoras de la prueba.
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Resolución de compraventa por saldo de precio impago sin fecha de pago estipulada
Rechaza, con costas, la casación del demandado por no denunciar el artículo 1489 del Código Civil y porque, sin plazo pactado, el precio debía pagarse desde la entrega, según el artículo 1872.
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Pago del saldo de precio durante el juicio no enerva la resolución de la compraventa
Acoge la casación de la demandante: el pago hecho después de notificada la demanda no enerva la acción resolutoria, porque el artículo 1489 del Código Civil da la opción al contratante cumplidor.
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Cobro de pesos de $61.079.150 con excepciones de pago y prescripción rechazadas
Rechaza la casación en el fondo del demandado: no denunció normas decisorias de la litis, y la falta de análisis de la prueba es un vicio de forma que no cabe en la casación en el fondo.
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Cobro ordinario de facturas tras perder el juicio ejecutivo: no hay cosa juzgada
Rechaza la casación de la demandada: quedó fijado que la demanda ordinaria se funda en la compraventa y no en el mérito ejecutivo de las facturas, sin que impugnara ese hecho con normas reguladoras de la prueba.
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Polex cobra a Ingevec gastos generales y obras adicionales de un contrato de obra
Rechaza la casación de Ingevec, condenada a pagar $157.843.073 por gastos generales y UF 896,78 por obras adicionales, porque omitió las normas decisorias de la litis, como los artículos 1437 y 1996 del Código Civil.
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Resolución del contrato de compraventa de aguas con Esval y pago de consumos mínimos
Rechaza la casación de Esval S.A. porque no denunció como infringidas las normas decisorias de la litis que fundaron el fallo, entre ellas los artículos 1489, 1546 y 1552 del Código Civil.
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Cobro del saldo de precio de una compraventa y daño moral por su incumplimiento
Rechaza por manifiesta falta de fundamento el recurso de la demandada, que no denunció como infringidos los artículos 1489, 1559, 1871 y 1873 del Código Civil, que sustentaron la condena.
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Resolución de compraventa por pago incompleto del precio
Rechaza la casación de la demandante principal por no denunciar como infringidos los artículos 1489 y 1793 del Código Civil, normas decisorias de la litis.
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El pago del precio hecho ya iniciado el juicio no enerva la acción resolutoria
Rechaza la casación del demandado: elegida la resolución por la vendedora, el pago del precio hecho una vez iniciado el juicio no enerva la acción, salvo acuerdo de ella.
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