Artículo 1876 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1876. La resolución por no haberse pagado el precio no da derecho al vendedor contra terceros poseedores, sino en conformidad a los artículos 1490 y 1491.
Si en la escritura de venta se expresa haberse pagado el precio, no se admitirá prueba alguna en contrario sino la de nulidad o falsificación de la escritura, y sólo en virtud de esta prueba habrá acción contra terceros poseedores.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Compraventa simulada de un inmueble a la vecina del vendedor días antes de su muerte
Rechaza el recurso de la demandada, que no denunció los artículos 1793, 1801, 1681 y 1682 del Código Civil, decisorios de la litis, ni atacó la absolución de posiciones que probó el concierto.
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Nulidad por simulación absoluta de compraventas sin voluntad real de contratar
Rechaza las casaciones de los demandados: una discute hechos fijados sin denunciar con éxito leyes reguladoras de la prueba y la otra no explica los errores ni cita normas decisorias de la litis.
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Petición de herencia: nulidad por simulación de compraventa y reivindicación rechazadas
Rechaza la casación en el fondo de la demandante: omitió denunciar los artículos del Código Civil que prevén la nulidad absoluta, la reivindicación y la indemnización, y contradice los hechos fijados.
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Nulidad de venta de nuda propiedad que encubriría una donación sin insinuación
Rechaza la casación de la demandante porque no denunció infringidas las normas decisorias de la litis sobre el precio de la compraventa, la nulidad, el objeto, la causa y las donaciones entre vivos.
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Entrega de inmueble vendido y pagado: excepción de contrato no cumplido del vendedor
Rechaza la casación de la demandada: no denunció las normas decisorias de la litis sobre responsabilidad contractual y entrega de la cosa, y discute el pago íntegro del precio que los jueces dieron por acreditado.
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Nulidad de un usufructo donado entre cónyuges que la donante ya había revocado
Rechaza el recurso del demandante: la donante revocó válidamente la donación antes de la demanda, no se infringieron normas reguladoras de la prueba y no acreditó haber pagado el precio de la compraventa.
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Devolución de impuesto a Ingersoll Rand por rebaja del precio de derechos sociales
Rechaza el recurso de la reclamante: no reclamó la resolución que negó la devolución, de modo que la base imponible quedó firme, y no denunció las normas decisorias de la litis.
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Cesión de derechos sociales simulada que encubría una donación sin insinuación
Rechaza el recurso de la demandada: no denunció las normas decisorias de la litis y discute hechos fijados por presunciones judiciales; el pago del precio que alegó le tocaba probarlo a ella.
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Reivindicación contra un tercero tras la resolución de una compraventa
Rechaza el recurso del demandante: no denunció los artículos 1489, 1793 y 1876 del Código Civil, decisorios de la litis, y pretende dar por establecida la mala fe del tercero, hecho no fijado.
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