Artículo 1875 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1875. La resolución de la venta por no haberse pagado el precio, dará derecho al vendedor para retener las arras, o exigirlas dobladas, y además para que se le restituyan los frutos, ya en su totalidad si ninguna parte del precio se le hubiere pagado, ya en la proporción que corresponda a la parte del precio que no hubiere sido pagada.
El comprador a su vez tendrá derecho para que se le restituya la parte que hubiere pagado del precio.
Para el abono de las expensas al comprador, y de los deterioros al vendedor, se considerará al primero como poseedor de mala fe, a menos que pruebe haber sufrido en su fortuna, y sin culpa de su parte, menoscabos tan grandes que le hayan hecho imposible cumplir lo pactado.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Reajuste del precio a restituir tras la resolución de una compraventa de inmueble
Invalida de oficio la sentencia de la Corte de Temuco porque omitió pronunciarse sobre el reajuste de los $15.000.000 que el vendedor debía restituir, y tiene por no interpuesta la casación.
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Prescripción de la acción resolutoria de una cesión de derechos sociales
Rechaza la casación de la demandada: no denunció las normas que deciden la acción resolutoria, y la prescripción del artículo 2515 del Código Civil era una alegación nueva.
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Simulación de la venta de la nuda propiedad de un inmueble que encubriría una donación
Rechaza las casaciones de los demandantes: la de forma impugna el rechazo de una casación que la Corte de Apelaciones falla en única instancia, y la de fondo solo busca que se valore de nuevo la prueba.
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Prescripción de la resolución de una compraventa de pasto sintético entre sociedades
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: la compraventa fue acto de comercio y rige el plazo de 4 años del artículo 822 del Código de Comercio, ya cumplido.
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Resolución de una servidumbre eléctrica por no pintar las torres de verde oliva
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: los jueces fijaron que pintar las torres no era obligación esencial y el recurso busca revalorar la prueba.
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Nulidad y resolución de la compraventa forzada de un inmueble adjudicado en remate
Rechaza las casaciones de Santiago Leasing S.A.: los defectos del remate, de la liquidación del crédito y de la compensación del precio son procesales y debieron reclamarse dentro del juicio ejecutivo.
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Resolución de promesa de compraventa por no comparecer el promitente comprador a firmar
Rechaza las casaciones en la forma y en el fondo del promitente comprador demandado: la sentencia sí está fundada y no probó haber comparecido a firmar el contrato prometido dentro del plazo de 90 días.
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Restitución del precio pagado al resolverse la venta de la nuda propiedad de un inmueble
Rechaza la casación en la forma de la demandante: ordenarle devolver los $19.000.000 pagados del precio no es ultra petita, pues el comprador lo pidió al contestar y lo prevé el artículo 1875 del Código Civil.
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Devolución del precio pagado por la compradora al resolverse la venta por no pago
Acoge la casación de Continental Inmobiliaria y Servicios: resuelta la venta, debe restituírsele la parte pagada del precio sin petición expresa, según los artículos 1487 y 1875 del Código Civil.
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Resolución de la venta de un predio fiscal a la Universidad de La Frontera por no pago
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la Universidad de La Frontera: no denunció infringidos los artículos 1489, 1873 y 1875 del Código Civil, que decidieron el pleito.
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