Artículo 2200 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 2200. Si no se hubiere fijado término para el pago, no habrá derecho de exigirlo dentro de los diez días subsiguientes a la entrega.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Cobro de un préstamo de $13.220.000 y reivindicación reconvencional de un vehículo
Rechaza la casación del demandado: omitió denunciar los artículos 1386, 2197 y 2200 del Código Civil y pretende cambiar los hechos fijados sin infringir eficazmente leyes reguladoras de la prueba.
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Transferencias de dinero sin prueba del acuerdo de restituir: no hay mutuo
Rechaza el recurso de Sociedad Comercial El Torito porque la sola entrega de $12.665.000 no prueba un mutuo sin acuerdo de restituir, y la confesión de la propia demandante no hace prueba a su favor.
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Prescripción de mutuo a la vista pagadero dentro de diez días desde el requerimiento
Acoge la casación de la ejecutada: la cláusula de pago a diez días del requerimiento solo regula la mora, la deuda fue exigible desde el 5 de octubre de 2010 y la acción ejecutiva prescribió en 2013.
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Mutuo entre constructoras: sin probar que es mercantil, no cabe acreditarlo con testigos
Rechaza la casación de Constructora Fenix S.A.: no probó que el mutuo de $250.000.000 fuera mercantil, así que es civil y queda sujeto a la limitación de prueba de los artículos 1708, 1709 y 1711 del Código Civil.
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Prescripción de la acción ejecutiva de un mutuo pactado a la vista tras pagos parciales
Rechaza la casación de la parte ejecutante, que no denunció las normas decisorias de la litis: el artículo 464 numeral 17 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 2196, 2503, 2515 y 1560 del Código Civil.
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Cobro de pesos del Banco de Chile: la entrega del préstamo se fijó en 2011 y no en 2008
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada, que busca alterar los hechos sin denunciar leyes reguladoras de la prueba ni los artículos 2514 y siguientes del Código Civil.
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Mutuo documentado en pagaré: la prescripción corre desde el vencimiento pactado
Rechaza la casación de la demandada: la obligación se hizo exigible el 30 de marzo de 2011, al vencer el pagaré, y no se probó que el mutuo fuera mercantil para aplicar el artículo 822 del Código de Comercio.
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Dos depósitos en cuenta corriente no bastan para probar un contrato de mutuo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación: correspondía al actor probar el mutuo y los dos depósitos por $6.000.000 no bastaron; reprochar esa valoración no es infringir el artículo 1698 del Código Civil.
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Depósito irregular pedido en la réplica: Inmobiliaria Cerdeña debe restituir US$599.980
Rechaza ambas casaciones de la demandada: la de forma ataca un fallo de casación, que no admite casación, y la de fondo omite los artículos 2196 y 2211 y siguientes del Código Civil, decisorios de la litis.
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Documento que solo deja constancia de un aporte de dinero no sirve como título ejecutivo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del ejecutante: el documento con firma reconocida no da cuenta de una obligación de la ejecutada cobrable por la fuerza, y las costas no son materia de casación.
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