Artículo 701 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 701. Se puede poseer una cosa por varios títulos.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Ocupante material no adquiere por prescripción un predio inscrito y debe restituirlo
Rechaza el recurso de la demandante: no denunció los artículos 582, 889 y 2517 del Código Civil, y sobre un predio inscrito solo prescribe quien sea actual poseedor inscrito.
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Prescripción adquisitiva extraordinaria de un inmueble contra título inscrito
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandante: no probó la posesión material, no invocó normas decisorias como el artículo 2505 del Código Civil y contra título inscrito no cabe prescribir.
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Petición de herencia de hijos reconocidos judicialmente frente a falsos herederos
Rechaza la casación de los demandados: sin buena fe no hay prescripción ordinaria de 5 años, y la extraordinaria de 10 nunca corrió porque no tuvieron la posesión material de la herencia.
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Inmobiliaria Phoenix reivindica 5.000 hectáreas a la Comunidad Agrícola Alcones
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la Comunidad Agrícola Alcones: no hay decisiones contradictorias y sus reproches impugnan la valoración de la prueba, sin poder alterar los hechos fijados.
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Prescripción adquisitiva extraordinaria de un inmueble inscrito a nombre de otro
Rechaza ambos recursos del demandante: según el artículo 2505 del Código Civil, contra un título inscrito no procede la prescripción adquisitiva sino en virtud de otro título inscrito.
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Querella de restitución por un retazo de 2.320 metros cuadrados en San Carlos
Rechaza la casación del querellante: pretende una nueva valoración de la prueba sobre su posesión del retazo sin denunciar con claridad infracción a normas reguladoras de la prueba, y los hechos son inamovibles.
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Reivindicación de una parcela en Melipilla contra quien la ocupa sin inscripción
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandado: sin inscripción no prescribe contra los dueños inscritos y el artículo 915 del Código Civil permite reivindicar contra el mero tenedor.
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Denuncia de obra nueva contra planta de Aguas Manquehue por afectar un pozo
Rechaza la casación de fondo de la inmobiliaria: busca alterar hechos fijados, como que la obra no está dentro de los 200 metros de protección del pozo, y no se probó perjuicio, punto que no impugnó.
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Prescripción adquisitiva del departamento ocupado, distinto al vendido en la escritura
Rechaza ambas casaciones: no hubo ultra petita porque la mala fe fue alegada, y en el fondo el recurso discute la valoración de la prueba y contraría los propios actos del actor, que gravó el inmueble inscrito.
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Precario contra quien alega derechos hereditarios sobre un inmueble de La Cisterna
Rechaza ambas casaciones de la demandada: la incompetencia no se preparó, no hay cosa juzgada por falta de identidad de personas, y los hechos fijados muestran ocupación por mera tolerancia del propietario.
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