Artículo 176 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 176 (199). Corresponde la acción de cosa juzgada a aquel a cuyo favor se ha declarado un derecho en el juicio, para el cumplimiento de lo resuelto o para la ejecución del fallo en la forma prevenida por el Título XIX de este Libro.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Inoponibilidad de la renuncia a la condición resolutoria tácita hecha por la mandataria
Rechaza la casación de los demandados: la mandataria tenía facultad para demandar la resolución, no para renunciarla; la mandante puede pedir la inoponibilidad, y la cosa juzgada debía alegarse por casación en la forma.
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Coordenada errónea de la concesión minera Crucero 1 al 8, rectificada siete años después
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: los hechos fijados, incluida la falta de superposición según los informes de 2023, son inamovibles y no se alteró la carga de la prueba.
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Reembolso de dividendos hipotecarios pagados por un comunero y sentencia de alimentos
Rechaza la casación del demandante por omitir normas decisorias de la litis y por discutir el hecho fijado de que la demandada le entregó cerca de $8.400.000 por los dividendos.
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Cumplimiento incidental de un avenimiento pedido por quien no pagó lo convenido
Rechaza la casación de la demandante principal: no denunció infringidos los artículos 1545 y 1560 a 1566 del Código Civil ni las leyes reguladoras de la prueba que fijaron que no pagó los $50.000.000.
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Tercería de posesión sobre el mismo inmueble ya acogida en otro juicio ejecutivo
Acoge la casación en la forma de la tercerista: el fallo se dictó contra otro firme que, con triple identidad, le reconoció la posesión del 50% del inmueble, y la cosa juzgada se alegó a tiempo.
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Cobro ejecutivo de facturas cedidas: nulidad de la obligación por falta de causa
Rechaza la casación de la ejecutante: busca revalorar la prueba sin denunciar eficazmente las leyes reguladoras y omitió los artículos 434 y 464 del Código de Procedimiento Civil, decisorios de la litis.
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Indemnización por prisión política ya transigida en un juicio anterior
Acoge la revisión del Fisco y anula la condena de $100.000.000: la transacción de 2019 por $24.000.000 producía cosa juzgada, no alegada en el segundo juicio, y no era fraudulenta.
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Indemnización por prisión política ya concedida en otro juicio en Talca
Acoge la revisión del Fisco y anula la condena de $50.000.000: un fallo firme de Talca ya lo había condenado por los mismos hechos a $45.000.000, cosa juzgada no alegada en el segundo juicio.
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Acción reivindicatoria de predios rechazada por la Corte de Talca
Rechaza la casación de la demandante por manifiesta falta de fundamento: no denunció las normas decisorias sobre reivindicación y posesión del Código Civil ni el Decreto Ley 2.695.
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- Art. 768 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 174 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 254 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 19 · Constitución Política de la República