Folium Iniciar sesión

Artículo 178 del Código de Procedimiento Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 12 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 178 (201). En los juicios civiles podrán hacerse valer las sentencias dictadas en un proceso criminal siempre que condenen al procesado

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.

Crear cuenta de prueba

Artículos que se citan junto a este

Más de Folium