Artículo 58 de la Ley 16.744 (Accidentes del Trabajo)
Qué dice el artículo
Artículo 58° La declaración, evaluación, reevaluación y revisión de las incapacidades permanentes serán de exclusiva competencia de los Servicios de Salud. Sin embargo, respecto de los afiliados a las Mutualidades, la declaración, evaluación, reevaluación y revisión de las incapacidades permanentes derivadas de accidentes del trabajo corresponderá a estas instituciones. Las resoluciones de las Mutualidades que se dicten sobre las materias a que se refiere este artículo se ajustarán, en lo pertinente, a las mismas normas legales y reglamentarias aplicables a los otros administradores del seguro de esta ley.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 1 de febrero de 1968 · promulgación: 23 de enero de 1968 · Última modificación: 10 de diciembre de 2021.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Daño moral a trabajador de Parque Safari que presenció el ataque mortal de un tigre
Rechaza la unificación de Parque Safari Chile: el fallo de contraste trataba una enfermedad calificada como común, y aquí el organismo administrador la calificó de origen laboral; no hay hechos homologables.
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Muerte por COVID-19: el juez laboral puede calificar si fue enfermedad profesional
Acoge la unificación de los demandantes: el juzgado del trabajo debe resolver el origen de la enfermedad según la prueba, sin quedar atado a la licencia médica; rechaza las demás causales y deja firme la condena.
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Finiquito con renuncia a indemnizar enfermedad profesional en Codelco El Teniente
Rechaza la unificación de los demandantes: los fallos de contraste no discrepan, pues todos tienen por ineficaz la renuncia genérica o desinformada y válida la específica, como la que se dio por acreditada.
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Finiquito que renuncia a reclamos por enfermedades profesionales en Codelco El Teniente
Rechaza la unificación del demandante: los fallos de contraste no son homologables, porque sus finiquitos no mencionaban las acciones por enfermedades profesionales y el de este caso las renuncia en forma expresa.
Se muestran los 10 más recientes de 22 fallos.
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