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Artículo 29 de la Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)

Qué dice el artículo

Artículo 29.- El sistema de calificación tendrá por objeto evaluar el desempeño y las aptitudes de cada funcionario, atendidas las exigencias y características de su cargo, y servirá de base para el ascenso, los estímulos y la eliminación del servicio.

Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de diciembre de 1989 · promulgación: 15 de diciembre de 1989 · Última modificación: 24 de agosto de 2024.

Jurisprudencia

Todavía no hay fallos de la Corte Suprema que apliquen este artículo.

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