Saltar al contenido
Folium

Artículo 29 de la Ley 19.880 (LBPA)

Qué dice el artículo

Artículo 29. Inicio de oficio. Los procedimientos se iniciarán de oficio por propia iniciativa, como consecuencia de una orden superior, a petición de otros órganos o por denuncia. Con anterioridad al acuerdo de iniciación, podrá el órgano competente abrir un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.

Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de mayo de 2003 · promulgación: 22 de mayo de 2003 · Última modificación: 5 de febrero de 2026.

Sentencias destacadas

Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.

  • Rol 223056-20232024-03-08Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN AMBIENTALRECHAZA CASACION EN EL FONDO

    Ver fallo completo

  • Rol 238186-20232024-02-26Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

  • Rol 79288-20202021-04-26Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

  • Rol 36726-20192020-05-29Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

  • Rol 8422-20182019-01-31Tercera Sala(CIVIL) APELACIÓN RECLAMACIÓNREVOCADA SENTENCIA APELADA

  • Rol 1337-20182018-02-22Tercera Sala(CIVIL) APELACIÓN RECLAMACIÓNCONFIRMA SENTENCIA APELADA (M)

  • Rol 44950-20162017-04-24Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

  • Rol 3674-20152015-06-24Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

  • Rol 6672-20212021-07-12Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDOINADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA,CASACIÓN FONDO

Lo que dijo la administración sobre este artículo

Con tu cuenta buscas todos los dictámenes, oficios y circulares que citan este artículo.

Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.

Crear cuenta de prueba

Artículos que se citan junto a este

Más de Folium