Artículo 45 de la Ley 19.966 (GES)
Qué dice el artículo
Artículo 45.- El plazo total para el procedimiento de mediación será de sesenta días corridos a partir del tercer día de la primera citación al reclamado; previo acuerdo de las partes, este plazo podrá ser prorrogado hasta enterar ciento veinte días, como máximo. Si dentro del plazo original o prorrogado no hubiera acuerdo, se entenderá fracasado el procedimiento y se levantará un acta, que deberá ser firmada por ambas partes. En caso que alguna no quiera o no pueda firmar, dejará constancia de ello el mediador, quien actuará como ministro de fe. Durante el plazo que dure la mediación se suspenderá el término de prescripción, tanto de las acciones civiles como de las criminales a que hubiera lugar.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 3 de septiembre de 2004 · promulgación: 25 de agosto de 2004 · Última modificación: 3 de septiembre de 2004.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Prescripción de la acción por incumplimiento contractual en una atención clínica
Rechaza la casación de la demandada, que discutía el inicio del plazo de prescripción, por omitir denunciar normas decisorias como el artículo 2492 del Código Civil y el artículo 45 de la Ley N° 19.966.
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Responsabilidad de clínica por lesiones al recién nacido en el parto y mediación previa
Acoge en parte la casación en el fondo de la demandante porque la mediación del artículo 43 de la Ley N° 19.966 no es requisito de la acción, y rechaza los recursos de la Clínica de la Mujer Sanatorio Alemán.
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Falta de servicio en un parto en el Hospital Hanga Roa que dejó daño neurológico al niño
Rechaza las casaciones del Servicio de Salud Metropolitano Oriente: la acción no prescribió por la mediación y la demanda ante tribunal incompetente, y el servicio responde por el hospital que de él depende.
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Falta de servicio en urgencia del Hospital del Salvador: responde el Servicio de Salud
Rechaza la casación en la forma y en el fondo del Servicio de Salud Metropolitano Oriente: responde por los daños de su hospital autogestionado y la mediación con este suspendió la prescripción.
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