Contraloría General de la República · N° 000574N16
Dictamen N° 574, de 6 de enero de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 574 Fecha: 06-I-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Robinson Alvarado Bustamante, consultando si sus diplomas de Asistente Auditor y de Contador Público, que le habrían sido conferidos por la Universidad de Atacama, son útiles para desempeñar cargos profesionales en los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Sobre el particular, es necesario recordar que según lo dispuesto en el artículo 98 de la Constitución Política de la República, a esta Entidad Fiscalizadora le corresponde, entre otras funciones, efectuar el control de la legalidad de los actos de la Administración. Por su parte, conviene destacar que el artículo 1° de la ley N° 20.322, dispone que los Tribunales Tributarios y Aduaneros son órganos jurisdiccionales letrados, especiales e independientes en el ejercicio de su ministerio, agregando el artículo 5°, inciso quinto, de ese texto normativo, que su personal -con las excepciones del juez y del secretario-, será nombrado por el Presidente de la Corte de Apelaciones respectiva, previo concurso público efectuado conforme al procedimiento que dicho precepto establece. De esta manera, considerando que, tal como se indicó en el dictamen N° 70.760, de 2009, de este origen, los mencionados tribunales no se encuentran sujetos a la fiscalización de esta Institución de Control, ya que no integran la Administración del Estado, y además, que lo solicitado por el recurrente incide en una decisión de competencia exclusiva del Presidente de la Corte de Apelaciones pertinente, procede abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido. Transcríbase a la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Saluda atentamente a Ud. Por Orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 000574N16, de 6 de enero de 2016.
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