Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 023171N12

Dictamen N° 23.171, de 20 de abril de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 23.171 Fecha: 20-IV-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Ignacio Barrios Albornoz, funcionario de Gendarmería de Chile, para solicitar se ordene a dicho servicio dar cumplimiento al dictamen N° 57.424, de 2009, de este origen, con el objeto de que el descuento que se le realiza en sus remuneraciones, como consecuencia del crédito que indica, no supere el límite legal. Requerido su informe, la mencionada repartición plantea que tal deducción proviene de una obligación contraída con anterioridad a la emisión de dicho pronunciamiento, razón por la cual no le resulta aplicable el aludido tope. Sobre el particular, cabe manifestar que esta Entidad Fiscalizadora, mediante el indicado dictamen N° 57.424, de 19 de octubre de 2009, que dejó sin efecto la interpretación vigente respecto de los descuentos voluntarios, señaló que éstos no pueden superar el quince por ciento fijado por el artículo 96 de la ley N° 18.834, sin que la autoridad respectiva pueda rebajar de las remuneraciones de sus funcionarios montos que excedan ese límite. Enseguida, se debe expresar que este Organismo de Control, a través del oficio N° 27.314, de 2010, aclaró que el citado pronunciamiento, por constituir un cambio de jurisprudencia en la materia, rige para el futuro, no pudiendo afectar los compromisos financieros que han sido adquiridos por los empleados con la intermediación de las asociaciones de funcionarios -como ocurre en el caso del interesado-, con anterioridad al 19 de octubre de 2009, no están afectas a la referida restricción. Por consiguiente, atendido que según lo informado por Gendarmería de Chile, la deuda a que alude el señor Barrios Albornoz, fue contraída antes de la vigencia del referido dictamen N° 57.424, de 2009, aquélla no se encuentra afecta al señalado límite, por cuanto tal situación significaría alterar compromisos financieros previamente pactados, motivo por el cual el descuento de que se trata, puede seguir efectuándose. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 023171N12, de 20 de abril de 2012.

Artículos que cita

Más sobre Descuentos, Reintegros y Condonaciones

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° D448

    El dictamen concluye que, durante el permiso de la ley SANNA, el subsidio reemplaza la remuneración y no procede pagar ambas, aunque el subsidio sea menor. Por eso el Hospital actuó correctamente al exigir la restitución de las remuneraciones pagadas.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D434

    La incompatibilidad de percibir beneficios por un mismo concepto rige aunque cambie su fuente de financiamiento, y la asignación convencional de zona se mantiene vía planilla complementaria mientras no se renuncie a ella.

  • 2 de octubre de 2026

    Dictamen N° D427

    La Contraloría determina cómo registrar contablemente la variación de la UTM y los intereses de deudas por licencias médicas rechazadas: la UTM incrementa la cuenta 12101 Deudores contra ingresos patrimoniales, y los intereses se devengan en la cuenta 11508, traspasándose luego a la Tesorería General.

Todos los pronunciamientos sobre Descuentos, Reintegros y Condonaciones

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium