Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 030637N15

Dictamen N° 30.637, de 20 de abril de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 30.637 Fecha: 20-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional Metropolitano de Santiago, consultando si los preinformes que este Organismo Contralor emita en el ejercicio de su función fiscalizadora, relativos al funcionamiento de ese cuerpo colegiado, pueden ser conocidos por los consejeros regionales. Sobre el particular, cumple con señalar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98, inciso primero, de la Constitución Política y los artículos 1°, 21 A y 131, entre otros, de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, corresponde a este Organismo Contralor fiscalizar la sujeción al ordenamiento jurídico de la Administración y el ingreso e inversión del patrimonio público, funciones que se materializan en inspecciones y/o auditorías que, a su vez, dan lugar a la emisión de los denominados preinformes. Pues bien, la materia consultada se encuentra normada en los artículos 47 y 48 de la resolución N° 20, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora, que Fija Normas que Regulan las Auditorías Efectuadas por la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2015. Así, el artículo 47, “Preinforme”, establece que “En la auditoría, investigación y en la inspección de obra pública, una vez comunicada el acta de cierre del programa de pruebas, se elaborará el Preinforme, el que señalará la normativa aplicable a la materia auditada, los antecedentes generales, el alcance de la auditoría y la metodología utilizada. Asimismo, bajo el nombre observaciones se identificarán las eventuales infracciones, irregularidades, deficiencias y/o vacíos detectados. Excepcionalmente, en aquellas auditorías en que no se detecten observaciones o vacíos, se generará el Informe Final a que se refiere el artículo 51 del presente reglamento.” Luego, el artículo 48, “Comunicación del Preinforme”, prescribe que “El Preinforme se dirigirá, a través de medios físicos o electrónicos, al jefe de servicio o a la autoridad superior del auditado, con copia al auditor interno. Asimismo, el Ejecutivo de Auditoría podrá disponer su comunicación a cualquier otro interesado que tenga la calidad de funcionario público o eventual cuentadante. El Preinforme será reservado o confidencial hasta la comunicación del Informe Final, a menos que trate sobre materias calificadas de secretas de conformidad a la ley.” Pues bien, como se advierte del tenor de las normas reglamentarias citadas, los preinformes evacuados por esta Contraloría General en el ejercicio de su función fiscalizadora, tienen el carácter de reservado o confidencial hasta que se comunique el informe final -salvo que incidan en materias calificadas como secretas conforme con la ley-, por lo que las autoridades, jefaturas o servidores públicos a los que aquellos documentos se envíen -según el caso, de acuerdo con el citado inciso primero del artículo 48-, para su respuesta, deben mantener dicha reserva o confidencialidad, adoptando los resguardos necesarios con ese objeto. Lo anterior, debe armonizarse con lo señalado en un párrafo de los oficios tipo de preinforme o remisor del mismo dirigido a las autoridades, jefaturas o funcionarios respectivos, puesto que en aquél expresamente se manifiesta que “Se hace presente que, por tratarse de un preinforme, su contenido tiene el carácter de confidencial, tanto para este Organismo de Control, como para los funcionarios que deban preparar su respuesta, correspondiendo que se adopten los debidos resguardos.” En consecuencia, los preinformes que esta Contraloría General evacue, relativos al funcionamiento del Consejo Regional Metropolitano de Santiago, podrán ser conocidos por los consejeros regionales, en la medida que el Intendente, quien es el órgano ejecutivo del gobierno regional, con arreglo al artículo 23 de la ley N° 19.175 -y al cual se dirigen los correspondientes instrumentos-, lo estime necesario, para los fines de elaborar la respuesta de los mismos, quienes, también, deberán mantener la reserva o confidencialidad del caso. Transcríbase al señor Intendente de la Región Metropolitana de Santiago y a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 030637N15, de 20 de abril de 2015.

Artículos que cita

Más sobre Fiscalización, Auditorías y Denuncias

  • 19 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF198304

    La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186512

    El IND es el órgano con potestad para fiscalizar el cumplimiento del artículo 6° de la ley N° 20.019 sobre el protocolo contra acoso, abuso, discriminación y maltrato en el deporte. Su incumplimiento se sanciona conforme al artículo 39, pudiendo eliminarse a la organización del registro si pierde la membresía de la liga.

  • 28 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF183629

    El tema principal es el juego ilegal en Chile y las facultades de los organismos para perseguirlo. Contraloría concluye que la SCJ actuó correctamente, que no puede revisar al Ministerio Público y que las patentes municipales deben renovarse solo si la actividad es lícita.

Todos los pronunciamientos sobre Fiscalización, Auditorías y Denuncias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium