Contraloría General de la República · Remuneraciones y Derechos Funcionarios
Asignaciones y Sobresueldos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Asignaciones y Sobresueldos, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, que incluye Asignaciones y Sobresueldos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos FuncionariosPronunciamientos
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La Contraloría reconsidera su criterio anterior y concluye que, ante la falta de instrucciones ministeriales, todos los establecimientos de menor complejidad deben considerarse como cumplidores de los requisitos para calcular la asignación directiva, excluyendo de ese total a la Dirección del Servicio y a los CESFAM y COSAM.
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Los funcionarios de pabellón y recuperación, ginecología y unidad centralizada de camas del Hospital Puerto Montt tienen derecho a la asignación de urgencia, pues esas unidades están homologadas en la resolución N° 188/2020, siempre que cumplan los demás requisitos legales.
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La Contraloría concluye que, para calcular la asignación de antigüedad del personal traspasado desde los DAEM a los SLEP, debe considerarse el tiempo trabajado en aquellos, por lo que el SLEPH debe dejar sin efecto la resolución exenta N° 26, de 2022.
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La asignación profesional no corresponde por regla general al personal traspasado a honorarios al Código del Trabajo, pero la municipalidad puede pactarla en el contrato; además, dicho personal puede usar el feriado pendiente de 2022.
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La Contraloría concluye que un funcionario de un Tribunal Electoral Regional en un cargo grado 13 no profesional con título profesional tiene derecho a la asignación profesional, pero no a la asignación sustitutiva del artículo 36 del decreto ley N° 3.551, pues ambas son incompatibles.
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La Contraloría concluye que la becaria tiene derecho a la asignación por hijo menor de 18 años aunque el cuidado personal de su sobrina provenga de una medida de protección y no de una adopción, aplicando una excepción a la regla general.
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La Contraloría concluye que la asignación de movilización puede mantenerse para funcionarios en teletrabajo parcial que siguen haciendo labores inspectivas en terreno con gastos de traslado; si esas visitas disminuyen, el jefe del servicio debe reevaluar y ajustar el monto.
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La Contraloría toma razón del documento que regulariza la autorización de la gratificación especial de riesgo al personal de Carabineros indicado, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la resolución aplicable es la N° 6, de 2019, y no la citada en el Visto.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la Gratificación Especial de Protección de Autoridades al personal de Carabineros que indica, por ajustarse a derecho, con alcances: debe corregirse la referencia al inciso del artículo 3° de la ley N° 18.961 y consignarse el decreto N° 10, de 2022.
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La asignación del artículo 12 de la ley N° 19.041 no es remuneración para ningún efecto legal, por lo que no se incluye en la base de cálculo de la indemnización del artículo 154 del Estatuto Administrativo. Se concluye excluirla de la indemnización del exdirector del SII.
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La Contraloría concluye que la asignación por pérdida de caja solo se paga si el manejo de dinero efectivo sigue siendo la función principal, ponderando jornadas presenciales y de teletrabajo, y no procede con teletrabajo total; además, se suspende durante permisos con goce de remuneraciones, pero se mantiene para dirigentes gremiales con permisos o fuero si cumplen las funciones y requisitos.
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La Contraloría concluye que los servicios de salud deben entregar elementos de protección personal a los funcionarios que trasladan droga decomisada, pero no procede pagarles la asignación de estímulo del artículo 28 letra b) de la ley N° 19.664 ni otra similar por riesgo, pues no cumplen los requisitos legales.
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La Contraloría concluye que la excepción del artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.903 solo aplica a quienes se incorporan a cargos técnico-pedagógicos desde el 25 de abril de 2019, no a quienes ya los ejercían antes, por lo que el recurrente no tiene derecho a la asignación reclamada.
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El dictamen concluye que el cese de la asignación por funciones críticas se ajustó a derecho, pues la funcionaria dejó de desempeñar labores calificadas como críticas tras su destinación, y el fuero maternal solo protege el sueldo del grado, no las demás remuneraciones.
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El director ejecutivo de ENAER, por serlo, integra obligatoriamente el directorio de su filial DTS, lo que constituye una función inherente a su cargo público. Concluye que no tiene derecho a percibir dieta, pues su labor ya está retribuida por su remuneración en ENAER.
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La Contraloría revisa si corresponde pagar la asignación de zona y quién debe costear las horas de permiso gremial de un dirigente. Concluye rechazando la asignación de zona, pero acoge parcialmente el recurso y corrige que el Ministerio, no la asociación, pague las remuneraciones por las horas autorizadas.
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La Contraloría concluye que los hospitales deben pagar la movilización a los internos de medicina de la UFRO y la colación solo si ya alimentan a sus funcionarios; la universidad no está obligada, pero puede aportar esos beneficios vía convenio.
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La Contraloría rechaza el recurso extraordinario de revisión de la Municipalidad de Maipú contra el dictamen N° E266332, de 2022, porque el desacuerdo con el criterio interpretativo no constituye un error de hecho ni se aportan nuevos antecedentes esenciales.
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La Contraloría concluye que la indemnización por renuncia no voluntaria de altos directivos públicos solo procede cuando terminen los procesos que determinen su responsabilidad; con indicios de responsabilidad, no corresponde pagarla aún, reconsiderando el criterio anterior.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de pago en las fechas fijadas por ley, a los exfuncionarios de la JUNJI los estipendios proporcionales deben pagárseles a más tardar en marzo, agosto o noviembre, el más próximo a su cese.
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La Contraloría concluye que quien subroga al juez de policía local solo tiene derecho al sueldo base del cargo subrogado, no a las asignaciones de responsabilidad judicial ni de incentivo por gestión judicial, por lo que rechaza la reconsideración.
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La asignación del artículo 88 C del Estatuto Docente debe incluirse en el cálculo de la remuneración bruta mensualizada del artículo 3º de la ley Nº 20.905, incluso si el trabajador no percibe remuneración o la recibe parcialmente. Contraloría comparte el criterio de la JUNJI.
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La Contraloría concluye que Carabineros debe regularizar el pago de la asignación policial a la exfuncionaria Evelyn Guerrero Olivares, igual que al resto del personal de la 67° Comisaría de Seguridad Privada, hasta su retiro, por falta de criterio uniforme.
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La Contraloría rechaza la reconsideración de Maipú y mantiene que la asignación de mejoramiento de la gestión municipal, por tener carácter remuneratorio, debe pagarse junto con las remuneraciones en mayo, julio, octubre y diciembre.
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La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que un funcionario con licencia médica destinado a otro lugar solo mantiene las remuneraciones de su antiguo puesto hasta que se afina su destinación, aunque esté con reposo. Concluye que suspender la asignación de zona fue ajustado a derecho.
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La asignación del artículo 3° de la ley N° 20.905 es remuneración y debe pagarse durante licencias médicas; sin embargo, en 2018 una glosa presupuestaria prohibió financiarla con fondos JUNJI, por lo que el municipio debe restituir esos montos. Se rechaza la reconsideración.
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La gratificación de zona de la ley N° 16.441 sigue vigente para quienes trabajan en Isla de Pascua, pero se paga según el porcentaje del artículo 7° del decreto ley N° 249. Concluye que al reclamante le corresponde el 140%, no el 200%.
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La Contraloría concluye que la Dirección de Vialidad puede otorgar mayor puntaje a las mujeres en una de las variables de su política de mejoramiento laboral, pues es una discriminación positiva que busca corregir brechas salariales sin excluir a los hombres ni vulnerar el principio de igualdad.
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La Contraloría concluye que quienes se retiran por la ley N° 20.921 fijan libremente su fecha de cese, por lo que no corresponde pagarles asignaciones cuya cuota exige estar en servicio a la fecha de pago; así, reconsidera los dictámenes N°s. E23881 y E31880, de 2020, pero, como excepción, concede el pago a los dos recurrentes por haberse acogido antes a ese criterio.
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La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que la asignación de casa solo procede para quien no ocupa vivienda fiscal y debe costear su residencia; si ambos cónyuges la perciben, solo uno puede recibirla, pues lo contrario implicaría enriquecimiento sin causa.
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La asignación de estímulo por trabajar en UCI debe considerarse sueldo imponible e incluirse en la base de cálculo de las bonificaciones cuando el desempeño en esa unidad es permanente, aunque el reglamento la califique de transitoria; prevalece la ley sobre el reglamento.