Contraloría General de la República · Salud
Atención Primaria Municipal (Ley 19.378)
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Atención Primaria Municipal (Ley 19.378), del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre salud, que incluye Atención Primaria Municipal (Ley 19.378), y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre saludPronunciamientos
-
La Contraloría concluye que corresponde otorgar el descanso reparatorio de la ley N° 21.409 a las tres funcionarias, pues las breves interrupciones invocadas (un día de turno o días inhábiles) son ajenas a su voluntad y no afectan la continuidad exigida.
-
La Contraloría concluye que las facultades extraordinarias del decreto N° 4/2020 no se extienden a las autoridades de los establecimientos de salud municipal, pues ese acto no las contempla y requiere modificación; ordena a la SUBREDES ajustar sus decisiones e instrucciones a ese criterio.
-
Las contrataciones a honorarios para los programas de reforzamiento de la atención primaria de salud municipal realizan funciones permanentes, por lo que les aplica la regla general del dictamen N° E173171, de 2022. Se rechazan las solicitudes de Puerto Montt y Maule: ese personal no podrá ser recontratado a honorarios en las mismas labores en 2023.
-
La Contraloría concluye que una médico contratada a honorarios no tiene derecho al bono COVID-19, pues dicho beneficio excluye a los profesionales regidos por las leyes N°s. 15.076 y 19.664. En cambio, dos funcionarios con contrato indefinido en atención primaria municipal sí cumplían los requisitos en enero de 2021, por lo que el municipio debe pagarles el bono.
-
La Contraloría concluye que, si se supera el 20% de contratados a plazo fijo en la dotación de salud municipal, el municipio está obligado a llamar a concurso interno para regularizar esas horas, sin que las irregularidades detectadas lo eximan; Hualpén debe hacerlo e informarlo.
-
La Contraloría concluye que la Municipalidad de Talca debe pagar al exfuncionario el bono especial de emergencia sanitaria COVID-19 y el bono de vacaciones, pues cumplía los requisitos en las fechas exigidas, aunque se hubiera cambiado de empleador entre ambos servicios de salud.
-
La Contraloría toma razón del documento que modifica el decreto N° 29 de 2020 del Ministerio de Salud, entendiendo que los cambios a los indicadores son una regularización conforme a las orientaciones técnicas, aunque debieron aprobarse antes.
-
La Contraloría concluye que no hay impedimento para disolver voluntariamente la corporación municipal de Cerro Navia y que su personal debe incorporarse al departamento de salud municipal, aplicando una excepción a la regla general de terminar los vínculos laborales.
-
El programa de capacitación municipal aplicable para reconocer una actividad en la carrera funcionaria es el vigente cuando se realizó la capacitación, no el existente al presentar el certificado. Así lo concluye la Contraloría.
-
La Contraloría concluye que los años trabajados en el ELEAM El Copihue cuentan como experiencia en el sector salud y que a los funcionarios ingresados por concurso se les debe ubicar según el puntaje acreditado, pagando diferencias adeudadas.