Contraloría General de la República · Finanzas Públicas y Bienes del Estado
Presupuesto, Gasto e Inversión Pública
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Presupuesto, Gasto e Inversión Pública, del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, que incluye Presupuesto, Gasto e Inversión Pública, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Finanzas Públicas y Bienes del EstadoPronunciamientos
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la distribución y transferencia de recursos para la primera cuota de gastos de operación de cuerpos de bomberos, con alcances sobre el certificado de disponibilidad presupuestaria y el reintegro de recursos no rendidos, observados o no ejecutados.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la distribución y transferencia de recursos para inversiones de Cuerpos de Bomberos de Chile, año 2026, por estar ajustado a derecho, con alcances sobre publicaciones, certificados de disponibilidad presupuestaria e identificador codificador.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba un convenio modificatorio del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Túnel Lo Ruiz, con el alcance de que los fondos corresponden al TD5 N° 7801, de 6 de marzo de 2026, y no al mencionado en su resuelvo N° 6.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica la resolución que aprobó un convenio con la Subsecretaría de Redes Asistenciales y el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, con el alcance de que se omitió consignar el nuevo presupuesto vigente de $40.598.445.000.
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La Contraloría concluye que el Presidente puede revocar discrecionalmente las pensiones de gracia otorgadas, y que exigir certificación del INDH también para la glosa 12 es válido, pues unifica el procedimiento de ambas glosas sin inconveniente legal.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza a la Empresa Portuaria Austral a contratar endeudamiento superior al 50% de su capital y suscribirlo a largo plazo con garantía del Estado, por ajustarse a derecho, con el alcance de que no se pronuncia sobre las materias exentas de control.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza a TVN contratar un crédito de largo plazo con garantía del Estado, por ajustarse a derecho, con el alcance de que ello no implica pronunciamiento sobre las materias exentas de control.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza a la Empresa Portuaria Austral a contratar endeudamiento sobre el 50% de su capital y suscribir deuda de largo plazo, por ajustarse a derecho, con el alcance de que no se pronuncia sobre las materias exentas de control.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación directa de licencias, con alcances sobre el cómputo del plazo de pago, el pago en pesos del precio en dólares, el tope de multas, el término anticipado y los pagos con cargo a presupuestos futuros.
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La Contraloría toma razón del instrumento que autoriza el financiamiento reembolsable del proyecto "Construcción Edificio de Servicios Municipalidad de Maipú", por ajustarse a derecho, con el alcance de que la ampliación de plazo debe aprobarse mediante un acto administrativo sometido a toma de razón.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una modificación al convenio de transferencia con la Universidad de Talca, por ajustarse a derecho, con el alcance de que los gastos con cargo a ejercicios futuros deben imputarse al subtítulo e ítem del presupuesto de cada anualidad.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica varias resoluciones de 2025, por ajustarse a derecho, entendiendo que dicha modificación se funda en la facultad de eximir la "Asignación Para Atender Situaciones de Emergencia" de ciertos artículos de la ley de Presupuestos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica cuatro resoluciones de 2025, por ajustarse a derecho, entendiendo que se funda en la facultad del artículo 41 de la ley de Presupuestos para eximir la Asignación para Atender Situaciones de Emergencia de ciertas normas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la adjudicación de la licitación, con alcances: la imputación presupuestaria del artículo séptimo es solo referencial y el monto de 2028 es $694.537.988, no el indicado.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica un trato directo entre MSLI LATAM INC. y el SENCE, con el alcance de que el pago en dólares se hará en su equivalente en pesos chilenos, al no constar autorización previa de Hacienda.
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La Contraloría concluye que la Circular N° 5 de 2025 del GORE Metropolitano, que excluyó la compra de terrenos de sus prioridades de inversión, no contraviene la ley N° 19.175 ni la Ley de Presupuestos 2025, pues esta solo fija un marco amplio de priorización. Además, no le corresponde evaluar el mérito de esa decisión.
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La Contraloría toma razón de la resolución que determina y autoriza el financiamiento del proyecto de luminarias públicas de La Granja, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la ampliación de plazo debe aprobarse mediante un acto administrativo sometido a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del instrumento que complementa y modifica la resolución N° 15, de 2025, sobre la distribución del Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal, con el alcance de que el control de legalidad se ejerció solo respecto del artículo 3° de su parte resolutiva.
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La Contraloría instruye el contenido mínimo y los formatos obligatorios de los certificados de disponibilidad presupuestaria para gastos de los subtítulos 22, 24, 31 y 33, exigiendo su uso desde el 1 de marzo de 2026. Concluye fijando estos estándares para asegurar información fidedigna, completa y oportuna.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza la modificación de la resolución N° 15, de 2023, y deja sin efecto la resolución N° 23, de 2025, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, con el alcance de que la normativa aplicable es el artículo 26 de la ley N° 21.796 y no la citada en el acto.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza la modificación de la resolución N° 46, de 2022, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe considerarse la ley N° 21.796 sobre reintegro y rendición de cuentas.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Productivo Sostenible, con alcances: su implementación debe sujetarse al ordenamiento jurídico y a las atribuciones legales de cada entidad, y el financiamiento sin fuente específica requiere disponibilidad presupuestaria anual.
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La Contraloría toma razón del documento que transfiere fondos a la cuenta bancaria seis del sistema, precisando que el monto disponible para transferir es $55.467.853.081 y no el indicado erróneamente en su considerando 7°.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación directa para arrendar dieciséis puntos de inspección, con el alcance de que los pagos con cargo a presupuestos futuros solo procederán si existe disponibilidad presupuestaria y se cumplen las condiciones previstas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación directa para la migración de la red de transporte de señales, con el alcance de que los pagos futuros solo procederán si existe disponibilidad presupuestaria y se cumplen las condiciones previstas.
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La Contraloría da curso al documento que transfiere fondos, pero ordena al ministerio restituir $219.604.675 de montos no utilizados de la Partida Elecciones 2025, informando en 10 días hábiles, y remite antecedentes a las divisiones para la investigación especial y el procedimiento disciplinario.
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La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica el concurso "Ciencia e Innovación para el 2030, Etapa 2", por ajustarse a derecho, con el alcance de que el gasto debe imputarse a la asignación 24-03-125 y no a la indicada en el acto.
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La Contraloría concluye que corresponde a la Subsecretaría de Educación Superior ponderar la modificación del proyecto de infraestructura del CFT y otorgar una nueva prórroga, considerando el retraso de casi 6 años y los recursos ya invertidos.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación del traslado nacional de enseres para funcionarios de la PDI, con el alcance de que los pagos con cargo a presupuestos futuros requerirán disponibilidad presupuestaria y el cumplimiento de las condiciones previstas.
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La Contraloría toma razón del documento que transfiere fondos para compensar el transporte público en las elecciones 2025, aunque el MTT no cumplió la glosa que exige la información de las empresas para justificar los montos. Ordena un procedimiento disciplinario y una investigación especial.
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La Contraloría concluye que el GORE de Aysén no está impedido de transferir recursos a EMPORCHA para ampliar el Muelle N°1, pues la Ley de Presupuestos lo autoriza mediante convenios de programación, y que el Plan Maestro sí está publicado.
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La Contraloría no da curso al instrumento de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo que modifica y complementa la resolución que aprobó el proyecto y transfirió recursos a la Municipalidad de Concepción, porque su artículo tercero infringe el artículo 26 de la ley de presupuestos 2025 al no acreditar la autorización previa de la Dirección de Presupuestos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que determina y autoriza el financiamiento reembolsable del proyecto de reparación del edificio municipal de Maule, por ajustarse a derecho. Con todo, precisa que la ampliación de plazo deberá aprobarse mediante un acto administrativo sometido a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del instrumento que determina y autoriza el financiamiento del proyecto "Mejoramiento Plaza Salvador Allende" de la Municipalidad de Recoleta, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la ampliación de plazo debe aprobarse mediante un acto administrativo sometido a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del instrumento que determina y autoriza el financiamiento del proyecto de áreas verdes en Recoleta, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la ampliación de plazo debe aprobarse mediante un acto administrativo sometido a toma de razón.
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La Contraloría no da curso a la resolución que adjudica la licitación de computadores del Programa Becas TIC 2026, porque el certificado presupuestario no acredita los recursos necesarios y el cuadro del resuelvo no coincide con el informe evaluador.
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La Contraloría toma razón del instrumento que declara beneficiario y aprueba el convenio entre la Dirección de Educación Pública y la Municipalidad de Monte Patria para financiar infraestructura del Liceo Presidente Eduardo Frei Montalva, con alcances sobre el año de los compromisos financieros y el plazo de rendición de cuentas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y el convenio tipo del concurso, por ajustarse a derecho, con alcances: corrige el ítem de la asignación 166 (es 01) y precisa que los pagos con cargo a presupuestos futuros requieren disponibilidad presupuestaria y cumplir las condiciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y el convenio tipo del concurso de nodos macrozonales 2025, por ajustarse a derecho, con alcances: corrige la asignación 166 (es ítem 01) y precisa que los pagos con cargo a presupuestos futuros requieren disponibilidad presupuestaria y cumplir las condiciones previstas.
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La Contraloría concluye que los ingresos del ISL por recuperación de licencias médicas deben integrarse a rentas generales de la Nación, pues las leyes de presupuestos 2024 y 2025 no lo eximieron de esa obligación.
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La contaminación del agua no se financia por el PREH como emergencia hídrica, pero la Subsecretaría del Interior la trata como interrupción del servicio de agua potable, por lo que la solicitud debe presentarse a su UGRE vía SENAPRED.
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El SNRSJ debe efectuar el cierre contable 2025 a nombre del SENAME y luego traspasar sus saldos como movimientos de apertura, mientras el SENAME cierra sus cuentas antes del cierre del ejercicio.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica la licitación "Mejoramiento Integral Caleta Bahía Mansa", con el alcance de que la distribución de los recursos asignados al pago del contrato deberá ajustarse según los requerimientos de su ejecución.
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La Contraloría toma razón del documento de la Jefatura Nacional de Logística y Grandes Compras de la PDI que aprueba el contrato con Carpintero SpA para adquirir equipos computacionales, con el alcance de que la imputación presupuestaria del resuelvo 2° debe corresponder al subtítulo 29, ítem 06, asignación 001.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases del concurso y el formato de convenio de financiamiento, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el Anexo N°1 no forma parte integrante de él.
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La Contraloría toma razón de la resolución que modifica la cláusula décimo octava de los convenios de transferencia del Programa Prestaciones Institucionales de FONASA, por ajustarse a derecho, con el alcance de que los futuros certificados de disponibilidad presupuestaria deben detallar monto total, comprometido y saldo final.
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La Contraloría no da curso al instrumento que acepta la propuesta de asesoría a la inspección fiscal, pues no consta financiamiento para pagarla este año, lo que deberá aclararse.
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La Contraloría no da curso al instrumento que autoriza y aprueba el convenio JUNAEB-Municipalidad de La Pintana para el Programa Salud Oral 2025, porque su cláusula vigésimo quinta infringe el artículo 27 de la ley de presupuestos (falta autorización previa de Dipres y plazo de rendición excede 6 meses) y la cláusula tercera individualiza anexos no adjuntos ni firmados.
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La circular N° 20 de 2023 ya no rige; hoy las transferencias a PRODEMU se rigen por la Ley de Presupuestos 2025. Si un convenio requiere compromisos que excedan el año presupuestario, debe pedirse autorización previa a la DIPRES.
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La Contraloría toma razón de la resolución que modifica el presupuesto de inversión 2025 del Gobierno Regional Metropolitano, por ajustarse a derecho, con el alcance de que los proyectos del subtítulo 31, ítem 02, financiados con el Fondo de Productividad y Desarrollo Regional, deberán adecuarse a las finalidades del artículo 13 de la ley N° 21.591.