Contraloría General de la República · Control de la Contraloría
Toma de Razón y Actos Exentos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Toma de Razón y Actos Exentos, del más reciente al más antiguo. Página 34.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, que incluye Toma de Razón y Actos Exentos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaPronunciamientos
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La Contraloría no dio curso al documento que autorizaba al extranjero indicado conforme al artículo 7° del decreto ley N° 1.939, porque no se explicitan las razones de interés nacional que exige esa norma para la decisión excepcional.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la Ruta C-495, por omitir antecedentes esenciales, presentar observaciones en los estados de pago y errores formales.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras fluviales Río Andalién Etapa 3B, por faltar antecedentes y por inconsistencias en los estados de pago y en la fecha del acta de liquidación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato con Banco Estado Corredores de Bolsa, con alcances sobre el pago de multas, la compensación de sumas y una mención normativa improcedente.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de soporte y monitoreo del Sistema de Alerta Ambiental, con el alcance de que el plazo de pago debe contarse desde la recepción de la factura, previa certificación conforme, y no desde la "recepción conforme" como indica la cláusula quinta.
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La Contraloría toma razón del documento que fija tarifas de conexión y estudios de ingeniería del artículo 79° de la Ley General de Servicios Eléctricos, con el alcance de que la cita del artículo segundo debe entenderse referida a la resolución exenta N° 341, de 2024.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga la Decisión N° 22 de la Comisión de Libre Comercio Chile-Colombia, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incluirse en la parte dispositiva del decreto promulgatorio y no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón de la resolución que declara zona de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas en Quebrada Honda VI, con el alcance de que el mapa disponible será el Mapa 1 adjunto y no el indicado en el resuelvo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que declara zona de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas en el sector Orilla Embalse Rapel Sur, con el alcance de que el mapa disponible será el Mapa 1 acompañado a los antecedentes y no el indicado en el resuelvo.
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La Contraloría toma razón del decreto que amplía concesiones de agua potable y aguas servidas para el sector "Terramater", en Isla de Maipo, con el alcance de que la Ficha de Antecedentes Técnicos correcta es la SC 13-58 C y no la indicada en el acto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que declara zona de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas en el sector Río Rapel Bajo Junta Estero Rosario, con el alcance de que el mapa disponible será el Mapa 1 adjunto y no el indicado en el resuelvo N° 2.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que declara zona de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas en el sector Río Rapel antes Junta Estero Rosario, por discordancias en su fundamentación, y ordena a la DGA aclararlas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que adjudica la licitación del puente Marquesa por observaciones técnicas, ambientales y de competencia. Lo representó y pidió explicaciones y una minuta sobre el índice de reajuste polinómico.
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La Contraloría toma razón del documento que pone en ejecución el acuerdo del Comité de Asignación de Fondos de Corfo, por ajustarse a derecho, con el alcance de que al título "Programa de Apoyo a Planes de Intervención para la Reactivación Productiva" le corresponde el numeral "VI.", omitido.
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La Contraloría no da curso al instrumento que adjudica la licitación, porque la oferta técnica presenta discordancias con los TDR y la normativa, y no consta que la evaluación técnica se emitiera conforme a las bases.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio por trato directo y su addendum para la conservación de emergencia del camino Rol 115 CH, precisando que el monto correcto del contrato es $3.547.581.641 y no el consignado en la identificación presupuestaria del resuelvo 8°.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato "CO-CLL-04 Construcción Ducto Huape", por faltar antecedentes esenciales (planos as built, respaldos de personal, evaluación de hormigones, anexo de presupuesto, respaldos de multas y planilla de reajuste).
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica el contrato de asesoría a la inspección fiscal del Centro de Justicia de Santiago, con alcances: corrige el dictamen citado, el RUT de la adjudicataria y el nombre del código BIP.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, por no advertirse el motivo de la exclusión de dos obras concesionadas en la imputación presupuestaria. Además, instruye al servicio emitir oportunamente sus actos administrativos.
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La Contraloría toma razón del decreto con fuerza de ley que aprueba el mecanismo de participación del Estado en el Plan de Desarrollo Institucional y el Presupuesto de la Universidad de Chile, con el alcance de que las enmendaduras deben ser visadas por la autoridad o ministro de fe.
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La Contraloría toma razón de la resolución que modifica el presupuesto del programa de inversión regional del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago para 2024, por ajustarse a derecho, con el alcance de que los montos deben entenderse en miles de pesos y así consignarse expresamente en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del decreto que instala Oficinas Locales de la Niñez, con el alcance de que las comunas de Ancud, Quellón, Quemchi y Quinchao pertenecen a la provincia de Chiloé y no a la de Castro.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final del contrato de conservación de la pista del aeródromo Robinson Crusoe, precisando que la remisión del resuelvo N° 4 debe entenderse al resuelvo N° 5.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere fondos a seis cuentas del sistema de transporte público de Santiago, aunque instruye que en futuras transferencias se consigne la obligación de rendir cuentas vía SISREC.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación para licencias tipo Clearview, con alcances: exige resguardar los datos personales y sensibles, prohibiendo transferir imágenes o informes a la empresa adjudicataria o terceros, y precisa varios errores formales en las bases.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba el convenio ad-referéndum para restaurar el Museo de Arte Contemporáneo de Valdivia, por observaciones como invertir fondos públicos en un inmueble privado hipotecado y múltiples inconsistencias del proyecto.
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La Contraloría restituye el acto que aprobaba una modificación al contrato con Claro Chile S.A., porque fue reingresado después de extinguida la relación contractual, lo que no se ajusta a la naturaleza preventiva de la toma de razón.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el adendum al contrato con la Fundación Pro Dignitate Hominis, por ajustarse a derecho, con el alcance de que en lo sucesivo se transcriban íntegramente los anexos del convenio.
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La Contraloría toma razón del instrumento que amplía las concesiones de agua potable y saneamiento de ECONSSA en Santa Rosa Altamira, Alto Hospicio, con alcances: debe consignarse la rectificación del decreto N° 13 de 2013 y corregirse los decretos tarifarios citados.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la Gratificación Especial de Fuerzas Especiales al personal de Carabineros que indica, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la "Comisaría FF.EE. Magallanes" es la "5°" Comisaría, dato omitido.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación para arrendar una plataforma tecnológica, con alcances: el presupuesto aplicable es el de los considerandos 6 y 7, y el acta del Comité de Adquisiciones se refiere a las bases, no a la compra de bienes.
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La Contraloría toma razón del documento que deja sin efecto el alza de tarifas del transporte público de Santiago, Puente Alto y San Bernardo, por omitir la glosa presupuestaria 2024, e instruye al ministerio remitir oportunamente sus actos a toma de razón.
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La Contraloría no da curso al decreto con fuerza de ley N° 29, de 2023, de Educación, porque la regulación de los académicos por horas de clases atenta contra la carrera funcionaria y no se ajusta a la ley N° 21.094, y porque falta un régimen transitorio para los actuales profesores por horas.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la salida de tropas del Ejército y la Armada del territorio nacional, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe mencionarse en sus Vistos el fundamento constitucional del artículo 32, números 15 y 17.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba un convenio de transferencia de recursos entre dos subsecretarías, entendiendo que solo traspasa caudales entre entidades públicas. Advierte que un acto posterior que entregue fondos a la Fundación para la Innovación Agraria deberá precisar actividades y gastos conforme a la ley de presupuestos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio por trato directo para obras de conservación por emergencia en Paredones y Lolol, y remite el oficio a la Superintendencia del Medio Ambiente por incidir en el humedal urbano Bucalemu.
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La Contraloría toma razón del decreto que declara zona seca la comuna de Andacollo, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la fiesta religiosa aludida es la del oficio N° 544 del alcalde y no la del considerando N° 1 del instrumento.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de adquisición de sets del Programa de Útiles Escolares 2024-2025, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el presupuesto disponible es el del certificado N° M-286 y no el indicado en el acto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de suministro con Biomerieux Chile S.A., con alcances: deberá preverse el término anticipado por la ley N° 21.595 y las multas exigirán petición fundada del interesado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, con alcances: se dictó con retraso, hay errores en montos y omisiones formales, y ordena emitir los actos oportunamente.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y regulariza y aprueba el convenio y su adendum, porque persisten discordancias de plazos no superadas.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el Estatuto de la Universidad de La Serena, por estar ajustado a derecho tras subsanarse las observaciones. Precisa que los directivos son funcionarios no académicos y que la referencia a labores de servicio alude al estamento auxiliar.
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La Contraloría toma razón del documento que transfiere recursos para vacunas adquiridas vía Fondo Rotatorio de la OPS, por ajustarse a derecho, con el alcance de que en lo sucesivo el certificado de disponibilidad presupuestaria debe indicar monto asignado, total comprometido y saldo restante.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de asesoría, con alcances: se dictó con retraso y la inutilización de un espacio en blanco no cumple formalidades. Ordena emitir oportunamente los actos futuros.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato con COPEC S.A. para suministro de diésel al Cuerpo Militar del Trabajo, por ajustarse a derecho, con alcances sobre el tope de multas (10% del precio estimado) y las causales de término anticipado.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el trato directo entre MSLI LATAM INC. y la Dirección de Compras, con el alcance de que el pago en dólares se hará en su equivalente en pesos chilenos, al no constar autorización previa del Ministerio de Hacienda.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de consultoría "A.I.F. Mejoramiento Ruta Costera", por faltar documentación esencial y por irregularidades en los estados de pago y en la reprogramación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba un contrato por trato directo para adquirir un bien, por ajustarse a derecho, con el alcance de que su pago debe imputarse a la cuenta contable N° 214-05 y no a la indicada en el resuelvo IV) del documento.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una transferencia de recursos al Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, por ajustarse a derecho, con el alcance de que las conexiones de agua potable y alcantarillado en Quilpué son 150 cada una y no las que indica el cuadro del acto.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio de transferencia de recursos con la Delegación Presidencial Regional de Antofagasta, pues se ajusta a derecho, con alcances sobre el reintegro de excedentes según la Ley de Presupuestos 2024 y sobre la emisión oportuna de futuros instrumentos.