Contraloría General de la República · Control de la Contraloría
Toma de Razón y Actos Exentos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Toma de Razón y Actos Exentos, del más reciente al más antiguo. Página 33.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, que incluye Toma de Razón y Actos Exentos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaPronunciamientos
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto dos resoluciones representadas y aprueba el convenio modificatorio de la asesoría a la inspección fiscal, por la incorporación de un segundo laboratorista vial. Respecto de otras materias del cronograma, su análisis se hará al controlar el acto que apruebe la liquidación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio ad-referéndum N° 1, porque el cronograma modificado altera plazos de las etapas 6 y de revisión del informe final sin que el convenio lo consigne.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato, porque faltan certificados de laboratorio, la boleta de canje de retenciones y la multa por el informe mensual atrasado, y no se explica una diferencia en el estado de pago N° 5.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga enmiendas al Convenio para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incluirse en la parte dispositiva del decreto y no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el reglamento del Programa de Financiamiento Estructural I+D+i Universitario, por ajustarse a derecho, con el alcance de que los convenios de transferencia solo podrán celebrarse si se crean las asignaciones presupuestarias correspondientes.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga enmiendas al Convenio MARPOL porque se ajusta a derecho, con el alcance de que en lo sucesivo la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incluirse en la parte dispositiva del decreto, no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga las enmiendas al Convenio sobre Control de Sistemas Antiincrustantes, con el alcance de que la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incluirse en la parte dispositiva del decreto y no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio de término anticipado de común acuerdo del contrato de reposición del puente Quilo y sus accesos, teniendo presentes los antecedentes que responden a las observaciones formuladas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio para la obra de emergencia del Puente Nivequetén, pues los antecedentes aportados no superan las observaciones técnicas y documentales formuladas.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga las Enmiendas al Código IGF del Convenio SOLAS, por ajustarse a derecho, con el alcance de que en lo sucesivo la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incorporarse en la parte dispositiva del decreto promulgatorio, y no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga enmiendas al anexo del Protocolo de 1997 sobre contaminación por buques, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incluirse en la parte dispositiva del decreto y no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga las Enmiendas al Protocolo de 1988 sobre Líneas de Carga, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la entrada en vigor del tratado debe figurar en la parte dispositiva del decreto y no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga enmiendas al Código IMSBC del Convenio SOLAS, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la entrada en vigor del tratado debe figurar en la parte dispositiva del decreto y no solo en sus considerandos.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba el término anticipado del contrato de la Ruta 148 por falta de antecedentes que justifiquen la causal invocada, exigiendo remitir respaldos técnicos y precisar avances y gestiones.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga el Acuerdo Marco sobre la Alianza Solar Internacional y su Enmienda, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la información sobre su entrada en vigor debe figurar en la parte dispositiva del decreto, no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del decreto que promulga las enmiendas al Código IDS del Convenio SOLAS, con el alcance de que la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incluirse en la parte dispositiva del decreto, no solo en sus considerandos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio y su addendum para la conservación de emergencia de puentes en Linares y Cauquenes, teniendo presente la minuta técnica sobre la aplicación de las normas del Manual de Carreteras relativas a cajones.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases del concurso "Conectividad para la Educación 2030", entendiendo que el plazo de evaluación es el del anexo N° 5 y que el ancho de banda mínimo por establecimiento es de 5 Mbps.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación de rutas, pues los antecedentes remitidos no permiten superar las observaciones sobre informes mensuales, personal mínimo, plan de calidad y auditorías internas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación de rutas E-30 y 64, tras subsanarse las observaciones que motivaron su representación anterior.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y anexos para la licitación de servicios de infraestructura crítica de comunicaciones, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el plazo de pago debe contarse desde la recepción de la factura previa certificación conforme, y no como señalan las bases y el modelo de contrato.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio y adendum para las obras de emergencia Ruta Q-45, pues la minuta del Director de Vialidad no subsana todas las observaciones sobre los antecedentes técnicos del puente.
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La Contraloría concluye que no se acreditó la causal de trato directo por reposición o complementación de equipamiento, pues falta un equipo principal al cual acceder, y que el contrato infringe normas sobre pago, garantía y multas; ordena adoptar medidas para no repetir estas situaciones.
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La Contraloría no dio curso al decreto que reserva aguas subterráneas en Totoral Bajo porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes de base ni es concordante con el artículo 37 bis de la ley N° 19.880.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en Cauquenes porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes de cálculo ni cumple la coordinación exigida.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en Pirque porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes que lo sustentan.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba modificaciones al contrato de subsidio de transporte marítimo Niebla–Corral, precisando que las notas al pie 1.2 y 1.3 de su cláusula segunda se refieren al caso en que la nave Mailén no esté operativa.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en el sector de Buin porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes que lo sustentan.
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La Contraloría no dio curso al decreto que reserva aguas subterráneas en El Monte Nuevo porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes que lo sustentan.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en el sector Rahue porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes ni los cálculos que lo sustentan.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en el sector Río Maullín porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes ni los cálculos objetivos que lo sustentan.
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La Contraloría toma razón del decreto que declara zona de escasez hídrica a la provincia de Elqui, aunque advierte un error en la cita de la provincia en el oficio y considerando del acto, que debe evitarse en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba las bases de precalificación para la licitación "Construcción Túnel La Grupa II", con el alcance de que el servicio debe entregar un formulario independiente para acreditar la experiencia del punto 3.1.5.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de adquisición de un medio de canje de vestuario, con alcances: el plazo de pago corre desde la recepción de la factura, la multa máxima es el 10% del contrato y no se hará efectiva la garantía por término anticipado de mutuo acuerdo.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en Maule Bajo porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes que lo sustentan.
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La Contraloría no dio curso al decreto que reserva aguas subterráneas en el Maule Medio Norte porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes ni los cálculos objetivos que lo sustentan.
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La Contraloría toma razón del instrumento, pero hace presente que este otorga a la empresa una concesión de servicio público de Voz sobre Internet, y no como en él se expresa.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en el sector Teno-Lontué porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes que lo sustentan.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en Chimbarongo porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes de cálculo ni se ajusta al artículo 37 bis de la ley N° 19.880.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de suministro de lentes ópticos con Umabel Limitada, por ajustarse a derecho, con el alcance de que no corresponde calificarla como resolución exenta.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato con Banco Estado Corredores de Bolsa, con alcances sobre el pago de multas, la compensación de sumas y una mención normativa improcedente.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en Los Puercos porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes que lo sustentan.
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La Contraloría toma razón del documento que distribuye recursos de gratuidad 2024 a las instituciones de educación superior indicadas, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe mencionarse que solo comprende el monto del literal a) del artículo trigésimo octavo transitorio.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en el sector Mataquito porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología de la DGA no precisa los antecedentes que lo sustentan.
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La Contraloría toma razón del decreto que constituye el Área Metropolitana del Gran Concepción por ajustarse a derecho, considerando la minuta que acredita las condiciones legales, con el alcance de que las enmendaduras deben ser visadas en lo sucesivo.
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La Contraloría no da curso al decreto que reserva aguas subterráneas en el Maule Medio Sur porque el volumen a reservar no está suficientemente justificado: la metodología no precisa los antecedentes de cálculo ni cumple la coordinación exigida.
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La Contraloría no dio curso al decreto que amplía las concesiones sanitarias de la empresa en Talca, porque los datos de demanda de agua potable en la Ficha Técnica y su extracto no coinciden con la solicitud, y deberá explicarse esa diferencia.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases para el arrendamiento de equipos computacionales del sistema SIRH, con alcances: la entidad debe precisar en aclaraciones las inhabilidades e incompatibilidades aplicables y el término anticipado del contrato.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el contrato de elaboración de instrumentos de evaluación docentes, por ajustarse a derecho, con alcances: si se ejecuta la garantía por una multa impaga debe restituirse el excedente, y la cláusula de integridad es la vigesimosegunda.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la transferencia gratuita de un inmueble fiscal al Servicio de Vivienda y Urbanización de Aysén, con alcances: debe corregirse la referencia a un oficio rectificado y precisarse la aplicación del artículo 80 del decreto ley N° 1.939.