Prescripción de seis meses del despido: se interrumpe con la notificación de la demanda
Corte Suprema · Cuarta Sala · Rol 4000-2010 · 31 de agosto de 2010
- Tribunal
- Corte Suprema, Cuarta Sala
- Rol
- 4000-2010
- Fecha
- Recurso
- Casación forma y fondo (trabajo)
- Resultado
- Acogida casación fondo, anulada sentencia de
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 4000-2010 (31 de agosto de 2010), acoge la casación en el fondo de la demandada: la acción por despido prescribe en seis meses según el artículo 480 inciso segundo del Código del Trabajo y la interrumpe la notificación, no la distribución.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] el acto de una persona que exige a otra para que haga o no alguna cosa, que conlleva el requerimiento, implica dar noticia a aquélla del cobro de la obligación respectiva, es decir, comunicarle la circunstancia de modo que tome positivo conocimiento de ella y se vea compelido a responder, situaciones ambas que no se dan a partir de la sola distribución de la demanda.»
Corte Suprema, Rol 4000-2010 «[…] el acto de una persona que exige a otra para que haga o no alguna cosa, que conlleva el requerimiento, implica dar noticia a aquélla del cobro de la obligación respectiva, es decir, comunicarle la circunstancia de modo que tome positivo conocimiento de ella y se vea compelido a responder, situaciones ambas que no se dan a partir de la sola distribución de la demanda.» (Corte Suprema, Rol 4000-2010). «[…] el acto de una persona que exige a otra para que haga o no alguna cosa, que conlleva el requerimiento, implica dar noticia a aquélla del cobro de la obligación respectiva, es decir, comunicarle la circunstancia de modo que tome positivo conocimiento de ella y se vea compelido a responder, situaciones ambas que no se dan a partir de la sola distribución de la demanda.» (Corte Suprema, Rol 4000-2010). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/4000-2010-del-31-08-2010#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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