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Artículo 1824 del Código Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 13 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 1824. Las obligaciones del vendedor se reducen en general a dos: la entrega o tradición, y el saneamiento de la cosa vendida. La tradición se sujetará a las reglas dadas en el Título VI del Libro II.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

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