Artículo 1828 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1828. El vendedor es obligado a entregar lo que reza el contrato.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Sustitución de materiales en viviendas construidas por Inmobiliaria Valle Noble
Rechaza la casación de la demandante: omitió el artículo 1489 del Código Civil y busca alterar hechos fijados, que había facultad contractual de sustituir materiales y que los nuevos eran de igual calidad.
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Entrega incompleta de instalaciones vendidas en la Zona Franca de Iquique
Rechaza la casación de la demandada: sus alegaciones parten de hechos distintos de los fijados, como que ocupa unos 374,51 metros cuadrados del Terreno 22-A, sin denunciar eficazmente leyes reguladoras de la prueba.
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Restitución de inmueble ocupado sin título por ignorancia o mera tolerancia del dueño
Rechaza la casación de la demandada por manifiesta falta de fundamento: busca establecer que tiene un título para ocupar el inmueble, hecho distinto del fijado, sin denunciar leyes reguladoras de la prueba.
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Evicción total por sentencia penal que canceló inscripciones: procede el daño moral
Rechaza las casaciones de la sociedad vendedora: la sentencia penal que canceló las inscripciones configura evicción, y en la evicción total procede el daño moral, previsible al comprar para vivienda.
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Pintura con plomo: no se probó que Renner debiera ajustarse a la norma estadounidense
Rechaza las casaciones de la demandante: el fallo está fundado y todos los reproches suponen un incumplimiento no establecido, pues no se acreditó que Renner debiera entregar pintura ajustada a la norma norteamericana.
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Resolución de compraventa de madera: no se probó el incumplimiento de la vendedora
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: no se probó el incumplimiento de la demandada y la actora no retiró la madera, hechos que no impugnó por leyes reguladoras de la prueba.
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Automotriz que entregó a un tercero el vehículo vendido y la Ley del Consumidor
Rechaza la queja: absolver a Automotriz Daniel Achondo S.A. de la infracción al artículo 12 de la Ley N° 19.496 fue una legítima diferencia en la apreciación de los hechos, no una falta o abuso grave.
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Harneros defectuosos instalados por Tripower en planta minera de COEMIN: indemnización
Rechaza la casación de Tripower Chile Limitada porque pretende alterar los hechos asentados y omitió denunciar las normas de interpretación del contrato y de responsabilidad extracontractual.
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Oficina con menor superficie que la pactada: demanda contra Inmobiliaria Mackenzie
Rechaza la casación de la demandante por no extender la infracción a los artículos 1545, 1793 y 2196 del Código Civil, que rigen la responsabilidad contractual y los contratos de compraventa y mutuo.
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Venta de establecimiento de comercio: cumplimiento forzado y contrato no cumplido
Rechaza la casación del demandado por no extender la infracción a los artículos 1545 y 1793 y siguientes del Código Civil, que sirvieron de sustento a la demanda y a la decisión.
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