Artículo 2447 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 2447. No puede transigir sino la persona capaz de disponer de los objetos comprendidos en la transacción.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Prescripción de la nulidad del despido cuando la deuda previsional se extinguió
Rechaza la unificación del demandante: aunque hay fallos dispares sobre si la demanda o su notificación interrumpe la prescripción, no se impugnó que no existía deuda previsional, lo que impide aplicar la sanción.
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Cesión de rentas de arrendamiento a SMB Factoring y término anticipado del arriendo
Rechaza la casación de la demandante porque se le cedieron las rentas y no el contrato de arrendamiento, que ya no estaba vigente en 2019, y la cesión se resolvía si las rentas no se pagaban.
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Alcance del finiquito sin reserva sobre la acción de tutela de derechos fundamentales
Rechaza la unificación de la Corporación Cultural San Pedro de la Paz: el finiquito que no menciona expresamente la acción de tutela solo cubre las prestaciones laborales, no esa acción.
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Reembolso de la Municipalidad de Lo Barnechea tras transigir una condena solidaria
Acoge la casación en el fondo de la demandada: la transacción del municipio solo surte efecto entre los contratantes y no extinguió la deuda de la codeudora; no cabe el reembolso del artículo 1522 del Código Civil.
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Derrame de ENAP Refinerías en la Bahía de San Vicente: daño moral de pescadores
Acoge la casación de los demandantes y anula el fallo: el desistimiento de un apoderado con mandato revocado no los obliga y el daño moral se presume; también acoge la casación en la forma de ENAP por cosa juzgada.
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Edificio dañado en el terremoto de 2010 con defectos de construcción: caso fortuito
Acoge la casación de fondo de la Universidad de Talca contra Constructora Cantera S.A.: no hay caso fortuito si el deudor contribuyó al riesgo construyendo defectuosamente; rechaza la casación de forma.
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Renuncia en finiquito a la acción por silicosis contra División El Teniente
Rechaza el recurso del demandante porque los fallos de contraste no son homologables: tratan de prescripción o de renuncias generales, no de una renuncia concreta a cambio de una indemnización pactada.
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Indemnización y multas por atraso en obra vial de Ingecol con el Serviu del Bío Bío
Rechaza la casación de Ingecol: no atacó un fundamento que bastaba para rechazar su demanda, no hubo inversión de la carga de la prueba y la condena en costas no es casable en el fondo.
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Transacción tras despido indirecto sin pago íntegro de cotizaciones previsionales
Acoge la unificación de la parte demandante: la transacción carece de poder liberatorio respecto de la acción de nulidad del artículo 162 del Código del Trabajo, que es irrenunciable, y remite la causa al tribunal.
Se muestran los 10 más recientes de 21 fallos.
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