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Artículo 2514 del Código Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 171 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 2514. La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

Se muestran 20 de 171 fallos, los más relevantes primero.

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