Artículo 2 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 2°. En los casos que no estén especialmente resueltos por este Código, se aplicarán las disposiciones del Código Civil.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Cobro de seguro a Zurich Santander Seguros Generales prescrito por notificación tardía
Rechaza el recurso de la demandante: la prescripción de cuatro años se interrumpe con la notificación válida de la demanda, que llegó tarde, y la querella en policía local no se dirigió contra la demandada.
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Término sin causa de un contrato de servicios de transporte a plazo fijo
Acoge la casación de la demandante: el contrato es atípico complejo y no de transporte, así que no rige la terminación sin causa del artículo 169 del Código de Comercio y prima el plazo pactado.
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Retiro del 10% de pensiones: la Ley de Protección del Consumidor no rige ante AFP Modelo
Rechaza la casación de la demandante porque la relación entre afiliado y AFP es de orden público y el retiro del 10% fue gratuito, sin acto jurídico oneroso que configure una relación de consumo.
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Prescripción de la indemnización contractual demandada al Banco de Crédito e Inversiones
Rechaza la casación de la demandante por manifiesta falta de fundamento: no denunció normas decisorias de la litis, como los artículos 1437, 1489 y 1547 del Código Civil, por lo que las supone bien aplicadas.
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Esfera ornamental desprendida por un conductor ebrio: no hay falta de servicio municipal
Acoge la casación de la Municipalidad de Constitución y anula el fallo: exigirle prever el choque de un conductor ebrio volvería objetiva la falta de servicio del artículo 152 de su ley orgánica.
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Pagaré: interrupción de la prescripción respecto del aval y codeudor solidario
Acoge la casación del Banco de Chile: el aval que además se obligó como codeudor solidario queda sujeto al artículo 2519 del Código Civil, y la notificación al deudor principal interrumpió la prescripción.
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Prescripción de la acción del tomador contra el banco que pagó una boleta de garantía
Rechaza la casación de la demandante: emitir boletas de garantía es acto de comercio para el banco, rige la ley del obligado y la acción prescribe en cuatro años según el artículo 822 del Código de Comercio.
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Contrato de obra de una corporación municipal: acto civil y prescripción de cinco años
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la corporación municipal: el contrato es civil para ella, rige el plazo de cinco años del Código Civil y la indemnización puede pedirse sola.
Lo que dice la Corte sobre el art. 2 «[…] los Artículos 2º y 96 del Código de Comercio desarrollan el principio de la prelación de fuentes en materia mercantil. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 112428-2020
«[…] los Artículos 2º y 96 del Código de Comercio desarrollan el principio de la prelación de fuentes en materia mercantil. […]» (Corte Suprema, Rol 112428-2020, 28 de enero de 2021). «[…] los Artículos 2º y 96 del Código de Comercio desarrollan el principio de la prelación de fuentes en materia mercantil. […]» (Corte Suprema, Rol 112428-2020, 28 de enero de 2021). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-comercio/articulo-2#corte-1331962 -
Sobreseimiento de la quiebra de Inmobiliaria San Lorenzo con juicios pendientes
Rechaza la casación de quien no logró verificar créditos condicionales: no es agraviado, pues los créditos verificados se pagaron y sus juicios ordinarios siguen tramitándose con derecho a pedir precautorias.
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