Artículo 212 del Código Penal
Qué dice el artículo
ART. 212.
El que fuera de los casos previstos en los artículos precedentes faltare a la verdad en declaración prestada bajo juramento o promesa exigida por ley, será castigado con la pena de prisión en cualquiera de sus grados o multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 12 de noviembre de 1874 · promulgación: 12 de noviembre de 1874 · Última modificación: 20 de agosto de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Absolución por contaminación de aguas en los centros de cultivo de Nova Austral S.A.
Rechaza las quejas del Consejo de Defensa del Estado y del Ministerio Público: exigir daño efectivo a los recursos hidrobiológicos fue interpretación razonada, no falta grave; con dos votos en contra.
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Malversación de gastos reservados de la Policía de Investigaciones y lavado de activos
Rechaza la nulidad de la defensa de los condenados: no hubo inversión de la carga de la prueba, las demás causales buscan revalorar la prueba y la cosa juzgada no se acreditó con prueba idónea.
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Restitución de subsidio habitacional: valor del certificado de residencia vecinal
Rechaza la casación de la ejecutada: el certificado de residencia de la junta de vecinos es un documento privado de un tercero y, además, se emitió después de las fiscalizaciones.
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Subsidio habitacional sin habitar: certificado de junta de vecinos es instrumento privado
Rechaza la casación de la ejecutada: busca revalorar la prueba, el certificado de la junta de vecinos es instrumento privado y no denunció infringido el artículo 12 N° 6 de la Ley N° 17.635.
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Indignidad para suceder de quienes participaron en la falsificación de un testamento
Rechaza los recursos de los demandados: la indignidad del artículo 968 N° 4 del Código Civil alcanza a cómplices y encubridores del dolo, y las casaciones en la forma solo objetaban la valoración de la prueba.
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Homicidio calificado por agentes de la DINA en 1976 como crimen de lesa humanidad
Rechaza la casación en la forma y revoca en parte: por ser crimen de lesa humanidad descarta la cosa juzgada y la prescripción gradual, y condena a tres absueltos por homicidio calificado y asociación ilícita.
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Delitos conexos a un homicidio juzgados por tribunal incompetente: invalidación de oficio
Invalida de oficio la acusación y ambas sentencias: los delitos son conexos a un homicidio que instruye un ministro unipersonal, y los juzgó un tribunal manifiestamente incompetente.
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Ordenanza de Los Andes que exige canalización subterránea de redes eléctricas
Rechaza la casación de Chilquinta Energía: la Municipalidad puede exigir que las nuevas líneas eléctricas sean subterráneas, porque si puede ordenar canalizar las existentes, con mayor razón las futuras.
Lo que dice la Corte sobre el art. 212 «[…] Que tampoco existe infracción al artículo 212 del Código Penal al señalar la Ordenanza que la Municipalidad accionará criminalmente contra quienes, actuando por las empresas de corrientes débiles presenten una declaración jurada falsa, desde que en ese caso corresponderá a los tribunales de justicia determinar finalmente si existe o no delito y, de haberlo, la participación que en éste le cabe al o los querellados. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 10395-2011
«[…] Que tampoco existe infracción al artículo 212 del Código Penal al señalar la Ordenanza que la Municipalidad accionará criminalmente contra quienes, actuando por las empresas de corrientes débiles presenten una declaración jurada falsa, desde que en ese caso corresponderá a los tribunales de justicia determinar finalmente si existe o no delito y, de haberlo, la participación que en éste le cabe al o los querellados. […]» (Corte Suprema, Rol 10395-2011, 30 de enero de 2013). «[…] Que tampoco existe infracción al artículo 212 del Código Penal al señalar la Ordenanza que la Municipalidad accionará criminalmente contra quienes, actuando por las empresas de corrientes débiles presenten una declaración jurada falsa, desde que en ese caso corresponderá a los tribunales de justicia determinar finalmente si existe o no delito y, de haberlo, la participación que en éste le cabe al o los querellados. […]» (Corte Suprema, Rol 10395-2011, 30 de enero de 2013). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-penal/articulo-212#corte-1784963 -
Absolución por presentar documentos falsos en juicio criminal: casación mal formalizada
Rechaza la casación de la querellante: no citó ninguna norma penal sustantiva como infringida y, bajo la infracción de leyes reguladoras de la prueba, objeta en realidad la valoración de los peritajes.
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Sobreseimiento definitivo en querella por falsificación: alegación de ultra petita
Rechaza la casación en la forma de la querellante: la causal de ultra petita no se desarrolló, y el sobreseimiento se basó en los mismos hechos denunciados, sin extenderse a puntos ajenos a la querella.
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