Artículo 372 del Código Procesal Penal (CPP)
Qué dice el artículo
Artículo 372.- Del recurso de nulidad. El recurso de nulidad se concede para invalidar el juicio oral total o parcialmente junto con la sentencia definitiva, o sólo esta última, según corresponda, por las causales expresamente señaladas en la ley.
Deberá interponerse, por escrito, dentro de los quince días siguientes a la notificación de la sentencia definitiva, ante el tribunal que hubiere conocido del juicio oral.
No obstante, si el juicio hubiere durado más de cinco días, el recurrente dispondrá para la interposición del recurso de un día adicional por cada dos de exceso de duración del juicio. En ningún caso este plazo podrá ser superior a treinta días.
Si el vencimiento del plazo para la interposición del recurso coincide con un domingo o festivo, el plazo se diferirá hasta el día siguiente que no sea domingo o festivo.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Rechaza el recurso de nulidad de la defensa: el ingreso fue la persecución inmediata de un delito flagrante, autorizada por el artículo 129 del Código Procesal Penal, y la causal subsidiaria busca revalorar la prueba.
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Acoge la nulidad de dos carabineros y recalifica como apremios ilegítimos dos hechos sin la gravedad de la tortura; rechaza la de un tercero, cuya tortura confirma. Hubo votos en contra.
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Acoge la nulidad de la defensa y anula la suspensión de licencia por cinco años: una suspensión condicional cumplida no es un evento previo del artículo 196 de la Ley 18.290.
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Rechaza la nulidad de la defensa: el control de tránsito que derivó en la consulta de la patente y en la detención por flagrancia fue legal, y la sentencia sí fundó la tenencia del vehículo.
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Rechaza la nulidad de la defensa porque el lugar era de libre acceso al público y no lo protege la inviolabilidad del hogar, y porque la sentencia valoró la prueba en forma fundada.
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Rechaza la nulidad de la defensa: las lesiones del imputado se explican por su resistencia a la detención, el registro de la mochila no fue trascendente y la fuerza en la chapa sí se fundó en la prueba.
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Rechaza el recurso de nulidad de la defensa: los teléfonos se entregaron voluntariamente y no requerían autorización judicial, y condenar como coautor y no como autor ejecutor no infringe la congruencia.
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Acoge la nulidad de la defensa: el juez adelantó juicio sobre la prueba de descargo, exigió requisitos no previstos para incorporarla y limitó el contraexamen; ordena un nuevo juicio simplificado.
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Rechaza el recurso de nulidad de la defensa: el morador autorizó el ingreso a su vivienda, las plantas eran visibles desde el exterior y declaró informado de sus derechos.
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Rechaza la nulidad de la defensa: no pidió excluir la prueba en la preparación del juicio, la flagrancia habilitó a la policía y negar la atenuante de colaboración fue apreciación de hecho.
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