Artículo 369 del Código Procesal Penal
Qué dice el artículo
Artículo 369.- Recurso de hecho. Denegado el recurso de apelación, concedido siendo improcedente u otorgado con efectos no ajustados a derecho, los intervinientes podrán ocurrir de hecho, dentro de tercero día, ante el tribunal de alzada, con el fin de que resuelva si hubiere lugar o no al recurso y cuáles debieren ser sus efectos.
Presentado el recurso, el tribunal de alzada solicitará, cuando correspondiere, los antecedentes señalados en el artículo 371 y luego fallará en cuenta. Si acogiere el recurso por haberse denegado la apelación, retendrá tales antecedentes o los recabará, si no los hubiese pedido, para pronunciarse sobre la apelación.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Amparo contra Gendarmería reconducido a protección: procede apelar
Acoge el recurso de hecho y concede la apelación: al reconducir el amparo a protección, la Corte de Concepción declaró en los hechos su inadmisibilidad, resolución que es apelable.
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Apelación en amparo no proveída por falta de acreditar la representación
Rechaza el recurso de hecho: la resolución impugnable era la que no proveyó la apelación por no acreditarse la representación, y respecto de ella el recurso es extemporáneo.
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Recurso de hecho tardío contra la inadmisibilidad de una apelación de amparo
Rechaza el recurso de hecho por extemporáneo: el artículo 369 del Código Procesal Penal da 3 días más la tabla de emplazamiento, y se dedujo fuera de plazo contra lo resuelto por la Corte de Iquique.
Lo que dice la Corte sobre el art. 369 «[…] de lo que resulta que aquel se encuentra interpuesto en forma extemporánea, toda vez que el artículo 369 del Código Procesal Penal, establece que debe interponerse dentro del plazo de 3 días, agregándose en el presente caso- atendido el lugar de asiento del Tribunal que dictó la resolución- los días que establece la tabla de emplazamiento, aun así el líbelo es deducido fuera de los plazos establecidos en la Ley. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 41327-2021
«[…] de lo que resulta que aquel se encuentra interpuesto en forma extemporánea, toda vez que el artículo 369 del Código Procesal Penal, establece que debe interponerse dentro del plazo de 3 días, agregándose en el presente caso- atendido el lugar de asiento del Tribunal que dictó la resolución- los días que establece la tabla de emplazamiento, aun así el líbelo es deducido fuera de los plazos establecidos en la Ley. […]» (Corte Suprema, Rol 41327-2021, 12 de julio de 2021). «[…] de lo que resulta que aquel se encuentra interpuesto en forma extemporánea, toda vez que el artículo 369 del Código Procesal Penal, establece que debe interponerse dentro del plazo de 3 días, agregándose en el presente caso- atendido el lugar de asiento del Tribunal que dictó la resolución- los días que establece la tabla de emplazamiento, aun así el líbelo es deducido fuera de los plazos establecidos en la Ley. […]» (Corte Suprema, Rol 41327-2021, 12 de julio de 2021). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-369#corte-563664 -
Apelación contra el rechazo de una nulidad tras aprobarse un principio de oportunidad
Rechaza el recurso de hecho: la resolución no pone término al juicio, no impide su prosecución ni lo suspende por más de treinta días, y la ley no prevé expresamente apelarla.
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Recurso de hecho contra apelación inadmisible en juicio de policía local de Iquique
Rechaza de plano por improcedente el recurso de hecho: la Corte de Apelaciones declaró inadmisible en cuenta la apelación, hipótesis distinta de la que permite este recurso.
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Recurso de hecho contra inadmisibilidad de apelación subsidiaria a la nulidad penal
Rechaza de plano por improcedente el recurso de hecho de la defensa, porque impugna una inadmisibilidad declarada por la Corte de San Miguel, hipótesis que el artículo 369 del Código Procesal Penal no contempla.
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Recurso de hecho contra inadmisibilidad de apelación en causa de policía local de Arica
Rechaza de plano por improcedente el recurso de hecho, porque impugna la inadmisibilidad de la apelación de la denunciada declarada en cuenta por la Corte de Apelaciones, hipótesis diversa a la del recurso.
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