Artículo 67 de la Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
Qué dice el artículo
Artículo 67.- El alcalde ordenará los turnos pertinentes entre su personal y fijará los descansos complementarios que correspondan.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de diciembre de 1989 · promulgación: 15 de diciembre de 1989 · Última modificación: 24 de agosto de 2024.
Jurisprudencia
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Crear cuenta de pruebaArtículos que se citan junto a este
- Art. 63 · Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
- Art. 97 · Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
- Art. 7 · Constitución Política de la República
- Art. 6 · Constitución Política de la República
- Art. 41 · Código del Trabajo
- Art. 98 · Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
- Art. 92 · Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
- Art. 5 · Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)