Artículo 73 de la Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
Qué dice el artículo
Artículo 73.- Los funcionarios no podrán ser designados en comisión de servicio, durante más de tres meses, en cada año calendario, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. El límite señalado no será aplicable respecto de los delegados que designe el alcalde.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de diciembre de 1989 · promulgación: 15 de diciembre de 1989 · Última modificación: 24 de agosto de 2024.
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Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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- Art. 485 · Código del Trabajo
- Art. 489 · Código del Trabajo
- Art. 493 · Código del Trabajo
- Art. 495 · Código del Trabajo
- Art. 72 · Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
- Art. 70 · Ley 18.883 (Estatuto Administrativo Municipal)
- Art. 492 · Código del Trabajo