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Artículo 492 del Código del Trabajo

Qué dice el artículo

Artículo 492.- El juez, de oficio o a petición de parte, dispondrá, en la primera resolución que dicte, la suspensión de los efectos del acto impugnado, cuando aparezca de los antecedentes acompañados al proceso que se trata de lesiones de especial gravedad o cuando la vulneración denunciada pueda causar efectos irreversibles, ello, bajo apercibimiento de multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales, la que podrá repetirse hasta obtener el debido cumplimiento de la medida decretada. Deberá también hacerlo en cualquier tiempo, desde que cuente con dichos antecedentes.

Contra estas resoluciones no procederá recurso alguno.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 6 de julio de 1987 · promulgación: 27 de mayo de 1987 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 16 de enero de 2003 · Última modificación: 23 de julio de 2026.

Sentencias destacadas

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  • Rol 52984-20212022-12-23Cuarta Sala(LABORAL) UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

    Despido vulneratorio en la Gobernación Provincial de Cauquenes sin sanción de nulidad

    Acoge la tutela contra la Gobernación Provincial de Cauquenes con indemnizaciones y medidas reparatorias, pero no aplica la nulidad del despido por tratarse de un órgano de la Administración del Estado.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 492
    «[…] bajo apercibimiento que si así no lo hiciere en el plazo fijado por el tribunal, podrá imponerse multa de 50 unidades tributarias mensuales, conforme lo dispuesto en el artículo 495 N° 3, en relación y concordancia con lo dispuesto en el artículo 492, del Código del Trabajo […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 52984-2021

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  • Rol 7926-20172017-10-23Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Inspector general reubicado por la Municipalidad de Los Ángeles tras la Ley 20.501

    Rechaza la unificación del demandante: los fallos de contraste resolvieron acciones distintas sobre hechos distintos, sin una interpretación diversa de la materia de derecho del juicio.

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  • Rol 9230-20172017-10-17Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Medidas reparatorias que alcanzan a terceros en tutela contra Empresas Carozzi

    Rechaza la unificación de Empresas Carozzi por defectuosa formalización: las medidas reparatorias no son la materia de derecho del juicio, sino una decisión discrecional del tribunal del grado.

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  • Rol 6870-20162016-11-30Cuarta Sala(LABORAL) UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

    Daño moral en tutela laboral sin despido contra el Consejo de Defensa del Estado

    Rechaza la unificación del Consejo de Defensa del Estado: la tutela procede para funcionarios públicos y el juez laboral puede indemnizar el daño moral aunque el trabajador no haya sido despedido.

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  • Rol 28922-20152016-07-13Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Daño moral por acoso laboral sin despido: Subsecretaría de Salud Pública

    Rechaza la unificación de la denunciada: el artículo 495 del Código del Trabajo consagra una tutela completa que incluye las indemnizaciones que procedan, también el daño moral con la relación vigente.

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  • Rol 34471-20162016-06-09Cuarta Sala(Laboral) Apelación de Ámparo

    Amparo contra el apercibimiento de arresto por incumplir una medida provisoria laboral

    Confirma y acoge el amparo solo para dejar sin efecto el apercibimiento de apremio, porque el artículo 492 del Código del Trabajo solo faculta al juez para imponer multa, no arresto.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 492
    «[…] Que el artículo 492 del Código del Trabajo sólo faculta al juez para imponer la medida de multa en caso de incumplimiento de la resolución que dispone la suspensión de los efectos del acto impugnado. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 34471-2016

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  • Rol 11200-20152016-06-06Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Autodespido y tutela por la carta de la sostenedora a los apoderados contra las actoras

    Acoge la tutela por autodespido: exponer ante la comunidad escolar el conflicto laboral afectó la honra e integridad psíquica de las demandantes; condena solidariamente a indemnizar y ordena disculpas por escrito.

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  • Rol 5716-20152015-12-01Cuarta Sala(LABORAL) UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

    Competencia del juzgado del trabajo para la tutela de un funcionario a contrata

    Rechaza la unificación de la Subsecretaría de Prevención del Delito: la tutela laboral se aplica supletoriamente a los funcionarios a contrata y el juzgado del trabajo es competente para conocerla.

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  • Rol 16599-20142015-04-14Cuarta Sala(LABORAL) UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

    Tutela por discriminación política contra la Corporación Municipal de Quellón

    Rechaza la unificación de la Corporación demandada: el fallo de nulidad no interpretó la competencia laboral, pues desestimó esas causales por no indicar si se invocaban conjunta o subsidiariamente.

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  • Rol 5967-20132014-03-05Cuarta Sala(LABORAL) UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

    Tutela laboral de una funcionaria del Ministerio Público: incompetencia del juez laboral

    Rechaza la unificación de la demandante: el personal del Ministerio Público se rige por la Ley 19.640, que solo remite a normas puntuales del Código del Trabajo, entre las que no está la tutela.

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