Artículo 16 de la Ley 19.880 (LBPA)
Qué dice el artículo
Artículo 16. Principio de Transparencia y de Publicidad. El procedimiento administrativo se realizará con transparencia, de manera que permita y promueva el conocimiento, contenidos y fundamentos de las decisiones que se adopten en él. En consecuencia, salvo las excepciones establecidas en la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado y en otras disposiciones legales aprobadas con quórum calificado, son públicos los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, así como sus fundamentos y documentos en que éstos se contengan, y los procedimientos que utilicen en su elaboración o dictación.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de mayo de 2003 · promulgación: 22 de mayo de 2003 · Última modificación: 5 de febrero de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Patente por no uso de derechos de aguas de El Membrillo impugnada fuera de plazo
Rechaza la casación de la sociedad reclamante contra la Dirección General de Aguas, porque se funda en hechos distintos de los fijados en la instancia sin denunciar infracción a normas reguladoras de la prueba.
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Impuesto al lujo sobre una aeronave: fundamentación del giro y valor normal de mercado
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación en el fondo de los reclamantes contra el giro por $3.585.168, porque descansa en afirmaciones no consistentes con los hechos establecidos.
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Avalúos del reavalúo agrícola 2024 de Forestal Arauco sin fundamentación
Rechaza la casación del Servicio de Impuestos Internos, porque no denunció la infracción de las reglas de la sana crítica del artículo 132 del Código Tributario y sus capítulos contradicen los hechos fijados.
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Tasación de la renta por falta de antecedentes contables durante la fiscalización
Rechaza las casaciones de Constructora Santa Beatriz S.A.: el auto de prueba no produce cosa juzgada y la falta de antecedentes justificó la tasación del artículo 35 de la Ley de Impuesto a la Renta.
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Apelación tributaria presentada por error en otra causa, declarada inadmisible
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la reclamante: la apelación se presentó en otra causa y la Corte de Rancagua no falló el fondo, al que apuntan los errores alegados.
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Crédito fiscal por facturas sin requisitos y reintegro de devoluciones al exportador
Rechaza ambas casaciones: la del Servicio de Impuestos Internos va contra hechos fijados sin denunciar leyes reguladoras de la prueba, y los errores que alega Huertos Collipulli no existen o no influyen.
Se muestran los 10 más recientes de 174 fallos.
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