Contraloría General de la República · Finanzas Públicas y Bienes del Estado
Subsidios y Programas de Fomento
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Subsidios y Programas de Fomento, del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, que incluye Subsidios y Programas de Fomento, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Finanzas Públicas y Bienes del EstadoPronunciamientos
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La Contraloría concluye que no existe impedimento para que un sostenedor adquiera con un crédito garantizado por el Fondo de Garantía de Infraestructura Escolar el local principal del establecimiento, aunque ya sea propietario del local complementario, cumpliéndose las demás condiciones legales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio Capital Abeja 2025 con Sercotec, por ajustarse a derecho, con alcances: la restitución de recursos comprende saldos observados, no rendidos y no ejecutados, dentro o fuera del año presupuestario, y las modificaciones de las cláusulas quinta y décimo primera deben sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte público de Punta Arenas, con alcances: el servicio debe planificar con antelación sus futuros concursos y evitar el retraso detectado en la dictación y tramitación oportuna de sus actos.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte marítimo en zonas aisladas de Aysén, con alcances: el servicio debe anticipar sus concursos y dictar y remitir oportunamente sus actos, dado el evidente retraso del decreto.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica el concurso de subsidio para buses eléctricos en Ovalle, con alcance: el monto mensual correcto es $237.596.743, no el indicado en su parte dispositiva. Además, el contrato requiere visación previa del Ministro de Hacienda y las exigencias del artículo 24 de la ley de Presupuestos 2025.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte marítimo en zonas aisladas, Puerto Montt–Ayacara–Chaitén, con alcances: el servicio debe preparar con antelación sus concursos y evitar retrasos como el ocurrido.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte lacustre en Aysén, aunque instruye al servicio convocar los concursos con antelación y dictar y remitir oportunamente sus actos.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte marítimo en zonas aisladas, con alcances sobre viajes adicionales, pago por sentido y oportunidad de los procedimientos.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte marítimo Valparaíso–Juan Fernández, pero observa que el decreto se dictó con evidente retraso y ordena al servicio convocar los concursos con antelación y remitir oportunamente sus actos a toma de razón.
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La Contraloría concluye que la Municipalidad de Pucón debe asumir con fondos municipales el sobrecupo de $45.042.783 por asignar más subsidios de agua potable de los autorizados, al ser error del alcalde, e iniciar un sumario administrativo en 20 días hábiles.
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La Contraloría concluye que la Subsecretaría del Trabajo actuó conforme a derecho al multar a CESPARP por no acreditar la inserción laboral ni mantener actualizado el REUF, pues no se modificaron formalmente los plazos del convenio y las multas estaban previstas en las bases.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte marítimo en zonas aisladas, precisando que la empresa es Transportes del Estuario S.A. y que la nave Kataik es de 2019.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla de respaldar gastos con documentos tributarios, CONADI puede aceptar comprobantes de Meta por publicidad en redes sociales, pues los servicios estaban previstos y se ajustan al proyecto.
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El SENCE puede incluir el "Sello 40 Horas" como criterio de evaluación en el concurso para OTEC, pues la ley N° 21.561 otorga puntaje adicional a empresas de menor tamaño certificadas y no excluye estos certámenes.
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La Contraloría concluye que es procedente emitir la factura de forma anticipada cuando se pagan estados de avance contemplados en las bases del programa SENCE, y que su pago debe hacerse, por regla general, dentro de 30 días corridos desde su recepción.
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La Contraloría concluye que el municipio puede contratar una plataforma online para gestionar ayudas sociales, pero debe imputar el pago del servicio al subtítulo 22 y la transferencia a los beneficiarios al subtítulo 24-01, por tratarse de egresos de distinta naturaleza.
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La Contraloría concluye que la Corporación Opción debe reintegrar al SENAME los saldos no ejecutados del PRJ Iquique, pues no existía una situación consolidada que permitiera su traspaso, y esos montos deben ingresar a rentas generales de la Nación.
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La Contraloría concluye que el SENAME debe exigir a los organismos colaboradores la restitución de los dineros no utilizados y de los bienes muebles al término de los proyectos, pudiendo complementar sus instrucciones sobre la forma de restitución.
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La Contraloría toma razón del decreto que establece medidas tributarias para empresas proveedoras de Huachipato con alto riesgo de liquidez en el Biobío, al ajustarse a derecho, con alcances: precisa los beneficiarios y corrige la norma citada sobre plazos del Tesorero.
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La Contraloría concluye que quien trabaja en una corporación municipal presta servicios para el Estado y no puede recibir el IFE Laboral, por lo que corresponde el reintegro solicitado a la recurrente.
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La Contraloría concluye que el Club Deportivo Universitario no debe rendir cuentas de los recursos del Fondo Social Presidente de la República recibidos en 2001, por ser anteriores al dictamen N° 25.262 de 2012, y puede volver a postular a fondos públicos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que declara inadmisibles ofertas y adjudica el concurso de subsidio para buses eléctricos en Copiapó, aunque observa que las modificaciones a las bases debieron someterse a control previo de juridicidad, lo que debe evitarse en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte lacustre en Lago Tagua Tagua, entendiendo que ciertos viajes son adicionales y no de emergencia, y ordena al Ministerio licitar públicamente en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del documento de AGROSEGUROS que modifica las Normas para el Otorgamiento del Subsidio General, por ajustarse a derecho, con el alcance de que su resuelvo 2° reemplaza el numeral 7° vigente y no agrega uno nuevo.
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La Contraloría concluye que no puede determinar si el uso obligatorio del SISREC aplica a las transferencias del SENCE en esas asignaciones, porque no se acreditó si los ejecutores se seleccionan por concurso público (con rendición de cuentas) o conforme a la ley N° 19.886 (sin ella).
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El FOSIS puede transferir en una sola cuota los recursos de los programas "Organizaciones Autogestionadas" y "Yo Emprendo" línea grupal, pues las entidades receptoras son beneficiarias y no organismos ejecutores, aunque deberá ajustar sus bases tipo que prohíben el pago único.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio para buses eléctricos Til Til–Colina–Santiago, haciendo presente que el tramo a Santiago solo busca acceder a terminales fuera de la vía pública, no prestar servicios en esas vías.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte bimodal en Palena, aunque instruye al servicio a convocar los procedimientos concursales con la debida antelación en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases del concurso para el subsidio de buses eléctricos en Ovalle, entendiendo que la transferencia puede hacerse a personas jurídicas o naturales, y ordena al servicio cumplir el artículo 24 de la ley de Presupuestos 2024 cuando proceda.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el contrato de operación de buses eléctricos y el subsidio en Antofagasta, entendiendo que también modifica el monto del subsidio fijado en la resolución N° 20, de 2022, que adjudicó el concurso.
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La Contraloría no dio curso al documento que regulariza el transporte lacustre en el Lago General Carrera y autoriza un pago, porque los pagos no están suficientemente fundamentados ni respaldados y no hubo convenio previo. Ordena determinar eventuales responsabilidades administrativas.
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Los pequeños productores agrícolas, campesinos y sus familias beneficiarios del INDAP pueden constituirse como microempresa familiar si cumplen los requisitos legales, sin que su calidad de beneficiarios sea un obstáculo. La Contraloría concluye que no existe inconveniente, correspondiendo a la Administración verificar dichos requisitos.
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La Contraloría revisa un dictamen previo y concluye que el pago del subsidio a "Administradora Marga Marga SpA" fue válido, pues actuó como mandataria de la propietaria del bus, por lo que no se configuró subcontratación ni infracción a la ley N° 19.862.
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La instrucción de exigir abandonar el Programa de Inversión en la Comunidad a quienes sumen pensiones superiores al ingreso mínimo es conforme a la normativa. Respecto del recurrente, al no acreditarse el monto total de sus pensiones, la Delegación debe informar a Contraloría en 20 días hábiles.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba modificaciones al contrato de subsidio de transporte marítimo Niebla–Corral, precisando que las notas al pie 1.2 y 1.3 de su cláusula segunda se refieren al caso en que la nave Mailén no esté operativa.
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La Contraloría toma razón del documento que pone en ejecución el acuerdo del Comité de Asignación de Fondos de Corfo, por ajustarse a derecho, con el alcance de que al título "Programa de Apoyo a Planes de Intervención para la Reactivación Productiva" le corresponde el numeral "VI.", omitido.
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La Contraloría concluye que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia actuó dentro de sus atribuciones al excluir las pensiones de reparación de los ingresos considerados en la calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares, por lo que la medida anunciada es legal.
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La Contraloría toma razón del instrumento que determina los grupos de municipalidades y los recursos del Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal, por ajustarse a derecho, con el alcance de corregir la referencia a la resolución N° 14, de 2023, que debe entenderse hecha a las resoluciones N°s. 7, de 2019, y 14, de 2022.
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El SENCE consulta si extrabajadores de Bancoestado Contacto 24 Horas S.A. podían recibir el IFE Laboral. Contraloría concluye que, por ser una sociedad de apoyo al giro con participación estatal mayoritaria, sus trabajadores prestan servicios en el Estado y no podían percibirlo.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica las bases del concurso para el subsidio de buses eléctricos en Copiapó, con alcances: el ministerio debe incorporar una norma presupuestaria en el contrato e informar una omisión en el Anexo N° 13.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica la licitación de conectividad rural en Tocopilla, con alcances: el ministerio deberá incorporar en el contrato lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Presupuestos 2024 y corregir la referencia a la tabla.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte rural marítimo en Chiloé, con alcances: instruye al ministerio a informar errores en 15 días y precisa condiciones de pago e imputación presupuestaria.
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La Contraloría imparte instrucciones para la recepción y entrega de beneficios por los incendios forestales, exigiendo registros, respaldos documentales y controles que resguarden el patrimonio público aunque se flexibilicen los procedimientos.
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El IFE es un beneficio del hogar que, por regla general, se paga a la jefa de hogar o a un integrante de este, y solo excepcionalmente a un tercero. Contraloría concluye que no procede pagarlo mediante poder a un no integrante del hogar si no hay miembros de este en Chile.
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La Contraloría no da curso al decreto que deja sin efecto el decreto N° 313, de 2015, y fija condiciones de reembolso del proyecto "Canal Melozal", porque no se subsanaron las observaciones del oficio N° 6.905, de 2016.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases específicas del concurso público, con alcances: el pago del subsidio exigirá que el beneficiario esté inscrito en el registro de entidades receptoras de fondos públicos, y en lo sucesivo la subsecretaría deberá inutilizar las páginas en blanco de los actos remitidos a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del decreto que regulariza la prestación de servicios, autoriza su pago y contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte ferroviario Corto Laja, sin perjuicio de eventuales responsabilidades por las omisiones que se regularizan.
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La Contraloría toma razón del decreto que regulariza, autoriza pago y contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte lacustre en Aysén, con alcances por el retraso y advertencias para futuros procedimientos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que establece el perímetro de exclusión y las condiciones de operación en Puerto Montt, pero con el alcance de que el pago del subsidio exige que las empresas estén inscritas en el registro de la ley N° 19.862.
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La Contraloría toma razón del documento que declara inadmisible una oferta y adjudica la licitación de subsidio de conectividad rural en Santa Juana, con el alcance de que los pagos solo podrán hacerse una vez que la adjudicataria esté inscrita en el Registro de Entidades Receptoras de Fondos Públicos.