Contraloría General de la República · Obras Públicas y Concesiones
Liquidación, Recepción y Retenciones
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Liquidación, Recepción y Retenciones, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, que incluye Liquidación, Recepción y Retenciones, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y ConcesionesPronunciamientos
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La Contraloría rechaza el recurso extraordinario de revisión de Constructora SB Ltda. contra el dictamen N° E418706, de 2023, porque no se configura ninguna de las causales legales y los argumentos solo reiteran los ya presentados.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba la liquidación final del contrato de obra, porque faltan documentos de respaldo: endosos de las garantías y antecedentes sobre la nueva razón social de la empresa.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras, porque falta la documentación que sustente las multas y los pagos. Además, corrige dos fechas mal citadas en el acto.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba la liquidación final del contrato de la Ruta 11-CH por faltar antecedentes de sustento (garantías, estados de pago, certificados laborales y otros), e instruye mayor prolijidad futura en el manejo de esos antecedentes.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución anterior y aprueba la liquidación del contrato de obra, ordenando a la Dirección adoptar medidas para la mejor conservación de los antecedentes de los contratos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de puentes en Melipilla y El Monte, dejando sin efecto las representaciones anteriores. Además, instruye adoptar medidas para mejorar la preparación y conservación de los antecedentes del contrato.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la liquidación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Ruta G-150, dejando sin efecto la representación anterior tras las aclaraciones de la Dirección de Vialidad.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de construcción del Sistema de Regadío Cuncumén, Etapa 1, y ordena adoptar medidas para evitar demoras en el reingreso a toma de razón de actos observados.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de construcción del Parque Inundable Víctor Jara, porque los antecedentes no subsanan todas las observaciones previas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de obras del Aeropuerto Carriel Sur, por no ser resuelta por las autoridades que sancionaron la contratación y por faltar antecedentes esenciales.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción Embalse Valle Hermoso" porque la minuta y antecedentes adjuntos no superan todas las observaciones, y solicita antecedentes adicionales e instruye agilizar las actuaciones pendientes.
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La Contraloría concluye que las direcciones del MOP deben liquidar a la brevedad los contratos singularizados y, si procede, devolver las garantías y pagar los costos financieros del artículo 184, informando en 30 días.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de obras en la Quebrada de Macul, por faltar antecedentes esenciales (informes, planos as built, respaldos de multas y factura) y por requerir una minuta que funde las provisiones para finiquitos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obra, porque faltan antecedentes esenciales: certificados de resistencia del hormigón, endosos de pólizas, certificados laborales y previsionales, y el cálculo del reajuste excepcional.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación del aeropuerto Andrés Sabella, porque faltan antecedentes esenciales como el acta de liquidación, respaldos de modificaciones, garantías, informe final y planos as built.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de construcción de colectores en Lota, tras haberlo representado antes, teniendo presente la minuta del 5 de noviembre de 2024 y sus antecedentes.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de perforación de pozos en Catemu por falta de antecedentes esenciales (personal mínimo, informes, anexos de modificaciones, pruebas de bombeo y cálculos hidráulicos, entre otros).
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de perforación de pozos, por faltar antecedentes esenciales de respaldo. Además, instruye a la Dirección verificar en lo sucesivo el estado de la documentación remitida.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba la liquidación final del contrato de obra, porque falta acompañar antecedentes exigidos en las bases y especificaciones técnicas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la Ruta 31-CH por faltar antecedentes esenciales (garantías, seguros, respaldos de multa, informes y auditorías), y ordena acompañarlos o explicar su ausencia al reingresar el acto a toma de razón.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación del contrato, pues los antecedentes remitidos no permiten superar todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto una resolución anterior y aprueba la liquidación final del contrato de conservación del Aeropuerto Diego Aracena, Sector 5, con el alcance de que en lo sucesivo se considere rigurosamente el concepto de valores pro forma.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Conservación Mayor Aeródromo Teniente Vidal, Región de Aysén", teniendo presente las observaciones formuladas y los antecedentes adjuntos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución anterior y aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la ruta 7, teniendo presente lo indicado en las minutas del Departamento de Construcción y de Administración y Gestión de Contratos de la Dirección de Vialidad.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final de la consultoría del Aeropuerto Arturo Merino Benítez, por faltar antecedentes esenciales y justificación de modificaciones contractuales.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría técnica, porque no se acompañaron los antecedentes exigidos en la minuta del 25 de julio de 2024 para subsanar las observaciones.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición de la Ruta 5, tramo Quillagua-Hilaricos, ordenando adoptar medidas para evitar demoras futuras en el reingreso a toma de razón de actos observados.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación del contrato de conservación de la Pista 27-09 del Aeródromo Balmaceda, pues la minuta y antecedentes adjuntos no permiten superar todas las observaciones, reiterando la solicitud de diversos antecedentes.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Mejoramiento Estero Las Toscas" por omitir antecedentes exigidos en las bases y por observaciones a los estados de pago, requiriendo su regularización.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de pozos, pues la minuta del inspector fiscal y sus antecedentes no subsanan todas las observaciones, al faltar documentos esenciales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la obra señalada, teniendo presente lo expuesto en la minuta del Inspector Fiscal sobre las observaciones previas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras fluviales del río Andalién, pues los antecedentes aportados solo subsanan parcialmente las observaciones y no permiten superar las demás.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato, pues los antecedentes no superan todas las observaciones: faltan acreditaciones del personal mínimo, modificaciones de la garantía de fiel cumplimiento y endosos de la póliza de responsabilidad civil.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la Ruta T-60, Tramo 1, en Valdivia, tras subsanarse las observaciones que motivaron su representación anterior.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de aguas lluvias Trinidad 2 por faltar antecedentes esenciales, existir dos actas de liquidación con fechas distintas y no remitirse el cálculo del reajuste excepcional de los estados de pago 19 y 24.
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La Contraloría exige a la Dirección de Logística de Carabineros remitir, a la brevedad, la resolución que liquida el contrato de la Escuela de Caballería, representada en 2019 y 2023 y no reingresada, para su control de juridicidad, informando en 10 días.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Hospital de Antofagasta, por usar una UTM distinta a la de las bases y faltar antecedentes del personal.
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La Contraloría da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución que señala y aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la Ruta 7, teniendo presente lo manifestado en la minuta del inspector fiscal y los antecedentes examinados.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación de rutas en Tierra Amarilla, aunque instruye adoptar medidas para mayor prolijidad futura en los antecedentes de los contratos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta Y-580, pues los antecedentes no subsanan todas las observaciones sobre cubicaciones de varias partidas. Ordena acompañar una minuta explicativa por cada partida y reingresar la liquidación con celeridad.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la Ruta 7 Sur, pues la minuta y antecedentes adjuntos no subsanan todas las observaciones, y requiere antecedentes adicionales.
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La Contraloría no da curso al instrumento que regulariza y aprueba la liquidación final de la consultoría, por observaciones sobre el avance real del estudio, documentación faltante, demoras y errores en el proyecto y el acta de liquidación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación de la Ruta A-23 por faltar antecedentes esenciales y explicaciones sobre actas contradictorias, retenciones y errores formales.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación vial, por faltar antecedentes esenciales y disponer la devolución de retenciones antes de la recepción de las obras.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal, por faltar antecedentes sobre informes, recursos, personal y asistencia, y por observaciones a varios estados de pago.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato CO-CCB-02, pues la minuta de agosto de 2024 no permite superar todas las observaciones del oficio de representación. Solo se subsana la relativa a errores de transcripción y se reiteran las demás.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución antes representada y aprueba la liquidación final del contrato de reposición de pavimento ruta D-55, teniendo presente la minuta del inspector fiscal y sus antecedentes.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras de control y operación de baterías de pozos en Curimon, Panquehue y Llay-Llay, teniendo presentes las observaciones previas y la minuta de la Dirección de Obras Hidráulicas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución antes representada y aprueba la liquidación final del contrato de la Ruta 5, porque los antecedentes remitidos no subsanan todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación del Puente San Francisco Antiguo, pues la minuta del Inspector Fiscal no subsana todas las observaciones previas.