Artículo 1483 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1483. La condición debe ser cumplida del modo que las partes han probablemente entendido que lo fuese, y se presumirá que el modo más racional de cumplirla es el que han entendido las partes.
Cuando, por ejemplo, la condición consiste en pagar una suma de dinero a una persona que está bajo tutela o curaduría, no se tendrá por cumplida la condición, si se entrega a la misma persona, y ésta lo disipa.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Cobro de la caución de permanencia en las Fuerzas Armadas tras un retiro temporal
Rechaza la casación del Fisco: el decreto que concede el retiro temporal no dice si fue voluntario, de modo que no consta cumplida la condición de la cláusula penal y el título no es exigible.
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Resolución de promesa de compraventa con cobro de la multa convenida
Rechaza la casación de la demandante, que pedía la multa de $36.000.000: omitió normas decisorias como los artículos 1489 y 1554 del Código Civil, sobre condición resolutoria tácita y promesa.
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Resolución del contrato de compraventa de aguas con Esval y pago de consumos mínimos
Rechaza la casación de Esval S.A. porque no denunció como infringidas las normas decisorias de la litis que fundaron el fallo, entre ellas los artículos 1489, 1546 y 1552 del Código Civil.
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Servidumbre eléctrica prometida: el predio se vendió antes del permiso de la CONADI
Rechaza el recurso de la demandante: la promesa no constituyó servidumbre, obtener la autorización le correspondía a ella y el predio ya estaba vendido cuando llegó; no hay incumplimiento.
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Promesa de servidumbre eléctrica sujeta a autorización de la Conadi sin plazo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: los hechos fijados son inamovibles y la promesa, sujeta a una condición sin plazo, no es exigible ni hay mora.
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Compraventa de inmueble a nietas que encubría una donación sin autorización judicial
Rechaza las casaciones de las demandadas: no hay considerandos contradictorios, discuten hechos sin invocar normas reguladoras de la prueba y la omisión de herederos se alegó recién en apelación.
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Alimentos: el precio de venta de inmuebles integra la capacidad económica de los padres
Rechaza el recurso del demandado, que solo discrepa de la valoración de la prueba sin mostrar infracción a la sana crítica, y mantiene la pensión fijada en 34,71 unidades tributarias mensuales.
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Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandado: no extendió la infracción a las normas decisorias de la litis, entre ellas el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
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Cobro de comisión de corretaje condicionada a la firma de la compraventa prometida
Rechaza la casación del demandado: para discutir si la comisión nació o era exigible debió denunciar las normas sobre contratos e interpretación, como los artículos 1545 y 1560 del Código Civil.
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Magíster de la Universidad Bernardo O’Higgins no impartido por falta de matrícula mínima
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la parte demandante: dictar el curso estaba sujeto a una condición suspensiva que, sin probarse su cumplimiento, se tiene por fallida.
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