Artículo 1843 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1843. El comprador a quien se demanda la cosa vendida, por causa anterior a la venta, deberá citar al vendedor para que comparezca a defenderla.
Esta citación se hará en el término señalado por el Código de Enjuiciamiento.
Si el comprador omitiere citarle, y fuere evicta la cosa, el vendedor no será obligado al saneamiento; y si el vendedor citado no compareciere a defender la cosa vendida, será responsable de la evicción; a menos que el comprador haya dejado de oponer alguna defensa o excepción suya, y por ello fuere evicta la cosa.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Evicción total por sentencia penal que canceló inscripciones: procede el daño moral
Rechaza las casaciones de la sociedad vendedora: la sentencia penal que canceló las inscripciones configura evicción, y en la evicción total procede el daño moral, previsible al comprar para vivienda.
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Precario contra la hija que vive con el padre: se extiende la cosa juzgada anterior
Rechaza la casación del demandante: la hija vive con su padre, beneficiado por el fallo que desestimó el precario anterior, y la cosa juzgada la alcanza como persona a quien aprovecha el fallo.
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Evicción de derechos de aprovechamiento de aguas recibidos en permuta
Rechaza la casación en el fondo del demandante: por la evicción del derecho permutado debía pedir el valor pactado de un millón de pesos, y no lo hizo; los $120.000.000 de daños no se probaron.
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Citación de evicción en juicio reivindicatorio: anulación que excluye a los citados
Rechaza por inadmisible la casación de Inversiones Cardoen: lo recurrido no es sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio, que sigue con ella como demandada.
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Moto incautada por clonación de patente: el comprador demanda al vendedor por evicción
Rechaza sin costas la casación del comprador: la evicción supone una sentencia que lo desposea, lo que no ocurrió con la incautación, y no se citó de evicción al vendedor.
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Reivindicación de un usufructo ya declarado válido por sentencia firme anterior
Acoge la casación en la forma del usufructuario demandante y anula: el fallo contradijo la cosa juzgada que declaró válido el usufructo y cambió la causa ilícita alegada por objeto ilícito.
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Indemnización por predio vendido ad corpus y ocupado luego por terceros
Rechaza la casación del comprador y el coadyuvante: el banco cumplió la entrega jurídica y material, y las turbaciones de terceros tocan al saneamiento por evicción, sin que conste citación al vendedor.
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Legataria reivindica inmueble vendido por el heredero con un testamento revocado
Rechaza las casaciones de los demandados: la nulidad de oficio de la compraventa no es ultra petita y la legataria adquirió el dominio del inmueble al fallecer el causante.
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Cobro a Inversiones Cardoen de honorarios por defensa tributaria del banco vendido
Rechaza la casación de Inversiones Banesto: interpretar la cláusula como limitada a tributos pendientes, y no a los honorarios de la defensa, se ajusta a la ley, al contrato y a la intención de las partes.
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Evicción de inmueble comprado al Banco Internacional sin haberlo citado al juicio
Rechaza la casación de la demandante: como no citó de evicción al banco, conforme al artículo 1843 del Código Civil este no debía el saneamiento, hecho que no se impugnó por leyes reguladoras de la prueba.
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