Artículo 1939 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1939. El arrendatario empleará en la conservación de la cosa el cuidado de un buen padre de familia.
Faltando a esta obligación, responderá de los perjuicios; y aun tendrá derecho el arrendador para poner fin al arrendamiento, en el caso de un grave y culpable deterioro.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Arriendo terminado antes de plazo tras falla de la caldera: rentas futuras no se cobran
Rechaza la casación del arrendador por no denunciar los artículos 1535 y 1940 del Código Civil y por pretender alterar los hechos sin invocar infracción de normas reguladoras de la prueba.
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Arriendo incumplido por la Corporación de Desarrollo Municipal de Talca tras un siniestro
Rechaza la casación de la demandada: sus dos primeros capítulos son incompatibles entre sí y el tercero, sobre la patente comercial de 2021, plantea un vicio de forma por la vía del fondo.
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Arriendo de vehículo destruido: daño emergente limitado al pago por su rescate
Rechaza la casación de la demandante por no extender la infracción a normas decisorias de la litis y por discutir hechos fijados sin denunciar leyes reguladoras de la prueba.
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Término de arrendamiento y cobro a la arrendataria de consumos de agua, luz y gas
Rechaza la casación de la demandada por no extender la infracción a las normas decisorias de la litis, en especial la Ley 18.101 y el artículo 1552 del Código Civil.
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Incendio del inmueble arrendado a Bicicletas Públicas Santiago de causa no determinada
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante, que busca alterar los hechos fijados: no se probó que las baterías fueran inflamables ni se determinó la causa del incendio.
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Grúa arrendada a Isotron Chile incendiada por terceros: cuidado de buen padre de familia
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: contratar guardias a toda hora cumplió el cuidado de culpa leve del artículo 1939 del Código Civil y el contrato no exigía más.
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Abandono o restitución del inmueble arrendado y perjuicios no probados por el arrendador
Rechaza ambas casaciones de la demandante: no hay ultra petita ni decisiones contradictorias, y no probó los perjuicios, hecho que la Corte no puede alterar sin infracción a leyes reguladoras de la prueba.
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Incendio de departamento arrendado por la batería de un scooter: arrendatarios responden
Revoca en parte y condena a los arrendatarios a pagar solidariamente $31.005.281 por daño emergente, porque no probaron caso fortuito ni haber empleado el cuidado debido en el uso del inmueble.
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Devolución de la garantía de arriendo y daños alegados en la restitución del inmueble
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada porque omitió el artículo 1915 del Código Civil, norma decisoria de la litis, y busca alterar los hechos fijados.
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Daños al inmueble arrendado sin acta de entrega y devolución de la garantía
Rechaza la casación de la arrendadora: la decisión sobre tachas no es casable en el fondo, no se invirtió la carga de la prueba y a ella le correspondía probar los daños, que no se acreditaron.
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