Artículo 1935 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1935. El arrendador es obligado a reembolsar al arrendatario el costo de las reparaciones indispensables no locativas, que el arrendatario hiciere en la cosa arrendada, siempre que el arrendatario no las haya hecho necesarias por su culpa, y que haya dado noticia al arrendador lo más pronto, para que las hiciese por su cuenta. Si la noticia no pudo darse en tiempo, o si el arrendador no trató de hacer oportunamente las reparaciones, se abonará al arrendatario su costo razonable, probada la necesidad.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Arriendo terminado por no pago de rentas: la arrendataria alegaba una falla en la terraza
Rechaza la casación de fondo de la demandante por no invocar los artículos 1935, 1942, 1950 y 1977 del Código Civil ni las leyes reguladoras de la prueba, y declara inadmisible la de forma subsidiaria.
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Reembolso de multas en el subcontrato entre Tecnova e Intesis
Rechaza la casación de la parte demandante por manifiesta falta de fundamento: no denunció las normas decisorias de la litis, como los artículos 1437, 1438, 1489, 1567 y 1568 del Código Civil.
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Indemnización a la arrendataria por el mal estado del inmueble arrendado
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante reconvencional: pretende alterar los hechos sobre la falta de prueba del daño sin denunciar con eficacia las normas reguladoras de la prueba.
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Arrendataria que dejó de pagar rentas por mejoras que el contrato ponía de su cargo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: reconoció adeudar las rentas y el contrato ponía los arreglos y mejoras de su cargo, por lo que no aplica la mora purga la mora.
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Declarativa de dominio de Forestal Mininco sobre predio superpuesto a otro inscrito
Rechaza el recurso de Forestal Mininco: las normas constitucionales no fundan casación, y el resto supone alterar el hecho asentado de que los demandados tienen títulos inscritos vigentes.
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Terminación de arrendamiento e indemnización por incendio: casación mal formalizada
Rechaza la casación de la demandada porque no explica cómo se cometieron los errores de derecho ni su influencia, como exige el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y pretende fijar hechos nuevos.
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Término de arriendo por no pago y mejoras reclamadas por la parte arrendataria
Rechaza la casación de la demandada por no denunciar como infringidas la ley 18.101 ni los artículos 1915 y siguientes y 1935 del Código Civil, normas decisorias de la litis.
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Arrendamiento por 99 años de tierra indígena para eludir la prohibición de enajenar
Rechaza ambas casaciones: mantiene el término del arrendamiento, usado para eludir la prohibición de enajenar tierras indígenas, y que la arrendataria solo puede llevarse los materiales de las mejoras.
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Término de arriendo por no pago: renta de $600.000 y excepción de contrato no cumplido
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del arrendatario, que buscaba alterar los hechos fijados sin denunciar infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
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Subarriendo de local en Plaza Estación: cobro de IVA en la renta y reembolso de mejoras
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del subarrendatario: el contrato pactó renta más IVA por un local amoblado y las instalaciones quedaban de su cargo y propiedad.
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