Artículo 1937 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1937. En todos los casos en que se debe indemnización al arrendatario, no podrá éste ser expelido o privado de la cosa arrendada, sin que previamente se le pague o se le asegure el importe por el arrendador.
Pero no se extiende esta regla al caso de extinción involuntaria del derecho del arrendador sobre la cosa arrendada.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Indemnización a la arrendataria por el mal estado del inmueble arrendado
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante reconvencional: pretende alterar los hechos sobre la falta de prueba del daño sin denunciar con eficacia las normas reguladoras de la prueba.
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Rentas de local comercial en cuarentena por COVID-19: excepción de contrato no cumplido
Rechaza la casación de la arrendadora demandante: el caso fortuito sanitario que impidió usar el local libera del pago de la renta, y el recurso omitió denunciar el artículo 1924 número 2 del Código Civil.
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Arrendataria que dejó de pagar rentas por mejoras que el contrato ponía de su cargo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: reconoció adeudar las rentas y el contrato ponía los arreglos y mejoras de su cargo, por lo que no aplica la mora purga la mora.
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Terminación de arrendamiento e indemnización por incendio: casación mal formalizada
Rechaza la casación de la demandada porque no explica cómo se cometieron los errores de derecho ni su influencia, como exige el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y pretende fijar hechos nuevos.
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Arrendamiento por 99 años de tierra indígena para eludir la prohibición de enajenar
Rechaza ambas casaciones: mantiene el término del arrendamiento, usado para eludir la prohibición de enajenar tierras indígenas, y que la arrendataria solo puede llevarse los materiales de las mejoras.
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Término de arriendo por no pago: renta de $600.000 y excepción de contrato no cumplido
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del arrendatario, que buscaba alterar los hechos fijados sin denunciar infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
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Arriendo impago en Padre Hurtado y construcciones hechas por la arrendataria
Rechaza ambas casaciones de la demandada: la de forma ataca un fallo de casación de única instancia, y la de fondo discute la valoración de la prueba y omite los artículos 1937 y 1947 del Código Civil.
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Indemnización por mejoras reclamada por el arrendatario en demanda reconvencional
Rechaza la casación del demandante reconvencional por mejoras: invoca hechos de considerandos que la Corte de Santiago eliminó y solo discrepa de la valoración de la prueba.
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Excepción de contrato no cumplido por desperfectos de casa arrendada ante cobro de rentas
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la arrendataria demandada: pretende alterar los hechos fijados sin denunciar eficazmente infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
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Pago de mejoras y camino de acceso construidos por el arrendatario de una discoteca
Rechaza la casación del demandante: el recurso descansa en mejoras cuya existencia y cuantía no se dieron por probadas, sin denunciar infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
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