Artículo 2296 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 2296. No se podrá repetir lo que se ha pagado para cumplir una obligación puramente natural de las enumeradas en el artículo 1470.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Pago por error de una factura cedida a otro factoring y devolución a un tercero
Rechaza la casación de CFC Capital, condenada a restituir $35.700.000: el recurso pretende alterar los hechos y no denuncia las normas decisorias del pago de lo no debido y del pago.
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Fondos de cheque liberados por error: pago de lo no debido existiendo cuenta corriente
Rechaza ambos recursos: el banco debió accionar según el contrato de cuenta corriente, la reversa de fondos se ajustó a lo pactado y ambos recurrentes pretenden alterar los hechos fijados.
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Crédito universitario prescrito: restitución de lo retenido de la devolución de impuestos
Rechaza la casación de la Universidad de Atacama porque formuló infracciones en subsidio y porque la retención de la Tesorería no fue un pago voluntario que impidiera pedir la restitución.
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Dinero depositado en la cuenta de la cónyuge: cobro sin probar la fuente de la obligación
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandante, porque el solo depósito no prueba la obligación de restituir y la carga de probarla recaía sobre él.
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Pago de lo no debido: si el demandado niega el pago y este se prueba, se presume indebido
Acoge la casación de la demandante y anula: el demandado negó el pago de $24.500.000 y, probado este, el artículo 2298 del Código Civil lo presume indebido, de modo que el error no debía probarlo la actora.
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Nulidad absoluta de reconocimiento de deuda por operaciones simultáneas inexistentes
Rechaza la casación de Pan Atlantic Bank and Trust Limited: el reconocimiento de deuda carecía de causa y era ilícito, los acreedores de la quiebra tenían interés y la nulidad alcanza a los actos derivados.
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Nulidad de reconocimiento de deuda y prendas por operaciones simultáneas inexistentes
Rechaza la casación de Inversiones Manzoni S.A.: el reconocimiento de deuda carecía de causa y era ilícito, los acreedores de la quiebra tenían interés y la nulidad alcanza a las prendas.
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Impugnación de créditos en la quiebra fundados en reconocimientos de deuda nulos
Rechaza los recursos de los síndicos de Serrano Consultores Limitada y Serrano Consultores S.A.: los títulos de sus créditos ya fueron declarados nulos por falta de causa, así que no son agraviados.
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Nulidad de dación en pago ligada a operaciones simultáneas inexistentes de una corredora
Rechaza la casación de Pan Atlantic Bank and Trust Limited: el reconocimiento de deuda carecía de causa y su nulidad arrastra la dación en pago de Serrano Consultores S.A.
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Nulidad de deudas reconocidas al Grupo Toronto por operaciones simultáneas ficticias
Rechaza la casación de cinco empresas del Grupo Toronto: las deudas reconocidas carecían de causa y su causa era ilícita, y su nulidad alcanza a la subrogación y a las prendas.
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