Artículo 2300 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 2300. El que ha recibido dinero o cosa fungible que no se le debía, es obligado a la restitución de otro tanto del mismo género y calidad.
Si ha recibido de mala fe, debe también los intereses corrientes.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Reajustes e intereses al devolver patentes pagadas a la Municipalidad de Las Condes
Acoge la casación de Nuevaunión SpA: anulada la obligación, la devolución debe ser íntegra, con reajustes e intereses, pero no ve error en negar lo pagado por el primer semestre de 2021.
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Banco de Crédito e Inversiones pide restituir un cheque de $30.000.000 pagado sin fondos
Rechaza la casación en el fondo del banco, porque plantea argumentos distintos de la demanda y el demandado carece de legitimación pasiva: el pago sin protesto beneficia al girador.
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Restitución por pago de lo no debido de alimentos cobrados sin legitimación
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada, que contradice los hechos fijados sin desvirtuarlos y omite el artículo 332 del Código Civil; queda firme la restitución de $8.794.092.
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Repetición de la patente municipal pagada por Aguilar Chilena de Ediciones tras su fusión
Rechaza la casación de la demandante porque busca fijar hechos nuevos, como el cese de actividad el 16 de abril de 2015, y no denuncia los artículos 24 y 29 del Decreto Ley 2.385, decisorios de la litis.
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Restitución de $54.729.373 que el Banco del Estado entregó por error a la vendedora
Rechaza el recurso de la demandada: no impugnó eficazmente los hechos y, ante un concurso de acciones, el banco podía elegir el pago de lo no debido en lugar de la subrogatoria.
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Restitución por pago de lo no debido y valor de la confesión ficta
Rechaza la casación de la demandante, que solo reclamó el valor de la confesión ficta: no denunció los artículos 2295, 2297, 2298, 2300, 2301 y 1467 del Código Civil, que deciden el pleito.
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Devolución de patentes pagadas por una sociedad de inversión pasiva a Lo Barnechea
Rechaza la casación de Inversiones Nacimiento Limitada: no atacó el fundamento de que el oficio municipal que negó la devolución es un acto administrativo vigente, así que el error alegado no influye.
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Metro y el pago de lo no debido: prescripción interrumpida solo con la notificación
Rechaza la casación de Metro por no denunciar las normas del pago de lo no debido y porque la sola presentación de la demanda no interrumpe la prescripción de cinco años.
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Reintegro de honorarios percibidos indebidamente: prescripción de la acción
Rechaza la casación de la demandante por no denunciar como infringidas las normas del cuasicontrato de pago de lo no debido, que son las decisorias de la litis.
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Patente municipal de Las Condes a sociedad de inversión pasiva: se ordena devolverla
Acoge el reclamo de ilegalidad: la sociedad de inversión pasiva no realiza actividades gravadas por el artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales; ordena restituir lo pagado reajustado, con intereses desde el fallo.
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