Artículo 545 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 545. Se llama persona jurídica una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de beneficencia pública. Las corporaciones de derecho privado se llaman también asociaciones.
Una asociación se forma por una reunión de personas en torno a objetivos de interés común a los asociados. Una fundación, mediante la afectación de bienes a un fin determinado de interés general.
Hay personas jurídicas que participan de uno y otro carácter.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Tercería de posesión de sociedades ligadas a la ejecutada en cobro de patentes de Ñuñoa
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la tercerista: el fallo sí está fundado y su tesis exige alterar el hecho asentado de que no probó la posesión exclusiva de los bienes embargados.
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Nulidad absoluta de un contrato de compraventa y usufructo con cancelación de inscripción
Rechaza el recurso de la demandada: la falta de legitimación y el litisconsorcio pasivo no se discutieron en primera instancia, y no denunció las normas decisorias de la nulidad.
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Incendio en el Mall Plaza del Trébol: responsabilidad de Ripley y del centro comercial
Acoge la casación de Ripley Chile S.A. y Comercial Eccsa S.A., por no probarse abuso de la personalidad jurídica que permita alcanzarlas, y rechaza las de Plaza del Trébol S.A. y Ripley Store Limitada.
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Cobro ejecutivo de factura cedida contra el Departamento de Salud de Santa Bárbara
Rechaza la casación en el fondo de la ejecutada por no denunciar como infringidos el artículo 6 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 3 y 9 de la Ley 19.983, decisorios de la litis.
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Término de arriendo por incumplimiento del arrendador y daño moral a una persona jurídica
Rechaza la casación en el fondo del demandado porque no denunció como infringidos los artículos 1560 a 1566, 1915, 1924 número 2 y 1932 del Código Civil, decisorios de la litis.
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Reivindicación de predios ocupados contra la comunidad indígena Lleufu Antri
Rechaza la casación en el fondo de la comunidad demandada porque solo discute los hechos fijados sobre su posesión de los retazos, sin denunciar infracción de normas reguladoras de la prueba.
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Inoponibilidad de una promesa suscrita por la directiva de un comité de vivienda
Acoge la casación en el fondo del demandante: actuó de buena fe y con diligencia, amparado por la apariencia jurídica, por lo que la promesa es oponible al comité demandado.
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Daño moral por publicar en el Boletín Comercial una deuda inexistente
Rechaza la casación en el fondo de Walmart Chile: hizo circular un título por una deuda inexistente y el daño moral se probó con presunciones, cuya apreciación es de los jueces del fondo.
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Falta de servicio en un parto en el Hospital Hanga Roa que dejó daño neurológico al niño
Rechaza las casaciones del Servicio de Salud Metropolitano Oriente: la acción no prescribió por la mediación y la demanda ante tribunal incompetente, y el servicio responde por el hospital que de él depende.
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Prescripción de la inexistencia de una fundación erigida por el Arzobispado de Santiago
Rechaza las casaciones de los demandantes: todas las acciones prescribieron, la inexistencia en diez años y la nulidad de derecho público patrimonial en cinco (artículos 1683 y 2515 del Código Civil).
Se muestran los 10 más recientes de 75 fallos.
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