Artículo 550 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 550. Principio de indemnización. Respecto del asegurado, el seguro de daños es un contrato de mera indemnización y jamás puede constituir para él la oportunidad de una ganancia o enriquecimiento.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Demanda contra la aseguradora por la cobertura de un contrato de seguro
Rechaza la casación del demandante: no cita las normas decisorias de la litis, plantea en casación alegaciones nuevas sobre cumplimiento forzado y nulidad de la cláusula sexta, e intenta alterar los hechos.
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Seguro de invalidez por accidente y un accidente cerebro vascular de origen incierto
Rechaza la casación de la aseguradora: le tocaba probar el origen interno del accidente cerebro vascular, discute hechos fijados y no denunció los artículos 1489 y 1556 del Código Civil.
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Cobro de pólizas de seguro de garantía pagaderas a primer requerimiento
Rechaza la casación de la demandada, condenada a pagar US$901.058,28 y UF41.934,96, porque no denunció las normas decisorias de la litis, como los artículos 513 y 529 del Código de Comercio.
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Caída de una caja de cambios en la descarga: no se probó el daño de la asegurada
Rechaza la casación de Ace Seguros S.A., subrogada en su asegurada: los artículos 1698 del Código Civil y 160 del Código de Procedimiento Civil no regulan la ponderación de la prueba y el daño no se acreditó.
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Fraude por 98 giros desde cuenta corriente: responsabilidad del banco y la aseguradora
Rechaza las casaciones de Banco Santander Chile y Zúrich Santander Seguros Generales Chile, porque ambas buscan alterar hechos fijados sin demostrar infracción de leyes reguladoras de la prueba.
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Fraude telefónico: la culpa leve del asegurado no excluye la cobertura del seguro
Rechaza la casación de Zúrich Santander Seguros Generales Chile: el artículo 524 número 4 del Código de Comercio impone una carga que no excluye la cobertura y la aseguradora no probó negligencia.
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Póliza de garantía de Cesce Chile: deber de sinceridad y agravación del riesgo
Rechaza la casación de Cesce Chile Aseguradora: busca alterar hechos sin denunciar leyes reguladoras de la prueba y omite los artículos 525 y 526 del Código de Comercio, decisorios de la litis.
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Subrogación de HDI Seguros: reposición del vehículo por otro de mayor cilindrada
Rechaza la casación del demandado: los jueces aplicaron bien la ley, el vehículo de reposición era similar y no se denunciaron normas reguladoras de la prueba que permitan alterar los hechos.
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Daños del terremoto de 2010 en un frigorífico asegurado por RSA Seguros Chile
Rechaza las casaciones de RSA Seguros Chile: la de forma reitera la causal ya resuelta en casación por la Corte de Concepción y la de fondo busca alterar los hechos fijados.
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Monto de la indemnización de un seguro reclamado a Liberty Compañía de Seguros Generales
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la aseguradora demandada: el artículo 543 del Código de Comercio permite discutir el monto de la indemnización sin alegar incumplimiento del contrato.
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