Artículo 552 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 552. Suma asegurada y límite de la indemnización. La suma asegurada constituye el límite máximo de la indemnización que se obliga a pagar el asegurador en caso de siniestro y no representa valoración de los bienes asegurados. En los seguros reales la indemnización no excederá del valor del bien ni del respectivo interés asegurado al tiempo de ocurrir el siniestro, aun cuando el asegurador se haya constituido responsable de una suma que lo exceda. Si la cantidad asegurada consistiere en una cuota, se entenderá que ésta se refiere al valor que tenga el objeto asegurado al momento del siniestro. En los seguros patrimoniales la indemnización no podrá exceder, dentro de los límites de la convención, del menoscabo que sufra el patrimonio del asegurado como consecuencia del siniestro.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Demanda contra la aseguradora por la cobertura de un contrato de seguro
Rechaza la casación del demandante: no cita las normas decisorias de la litis, plantea en casación alegaciones nuevas sobre cumplimiento forzado y nulidad de la cláusula sexta, e intenta alterar los hechos.
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Caída de una caja de cambios en la descarga: no se probó el daño de la asegurada
Rechaza la casación de Ace Seguros S.A., subrogada en su asegurada: los artículos 1698 del Código Civil y 160 del Código de Procedimiento Civil no regulan la ponderación de la prueba y el daño no se acreditó.
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Seguro por paralización de locales durante los hechos de octubre y noviembre de 2019
Rechaza la casación de la demandada porque no denunció como infringidas normas decisorias de la litis, como los artículos 512 y 553 del Código de Comercio, y sus reproches buscan alterar hechos fijados.
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Seguro de fidelidad funcionaria cubre el fraude de ejecutivos de FIT Research en quiebra
Acoge la casación en el fondo de la demandante: negar cobertura porque la corredora estaba suspendida desnaturaliza la póliza integral; rechaza la casación en la forma y el capítulo de la póliza de directores.
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Daños del terremoto de 2010 en un frigorífico asegurado por RSA Seguros Chile
Rechaza las casaciones de RSA Seguros Chile: la de forma reitera la causal ya resuelta en casación por la Corte de Concepción y la de fondo busca alterar los hechos fijados.
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Incendio del Molino Talca: valor de la maquinaria asegurada por HDI Seguros
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de HDI Seguros: busca alterar el valor de los bienes fijado en 5.892,27 unidades de fomento sin denunciar eficazmente las leyes reguladoras de la prueba.
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Interés asegurable del arrendatario en leasing para cobrar el seguro del vehículo
Acoge el recurso de la demandante y anula el fallo: como arrendataria en leasing que soporta los riesgos del vehículo, tiene interés asegurable y figura como asegurada en la póliza.
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Cobertura de seguro por la destrucción de insumos agrícolas en una bodega siniestrada
Rechaza la casación de la aseguradora demandada: que el contenido de la bodega estaba cubierto por la póliza es un hecho fijado que no atacó denunciando infracción de leyes reguladoras de la prueba.
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Tope de cobertura por robo de piezas del vehículo prima sobre el informe del liquidador
Rechaza la casación de la demandante: la indemnización debe ajustarse a la póliza, con límite de 10% del valor del vehículo y tope de 40 unidades de fomento, y el error del liquidador no modifica el seguro.
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Interés asegurable del transportista para cobrar el seguro de la carga robada
Acoge la casación de Transportes Travasa Ltda. y anula el fallo: el transportista tiene interés asegurable por su responsabilidad ante la dueña de la carga, y la ley no le exige haberle pagado antes.
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