Artículo 208 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 208 (231). Podrá el tribunal de alzada fallar las cuestiones ventiladas en primera instancia y sobre las cuales no se haya pronunciado la sentencia apelada por ser incompatibles con lo resuelto en ella, sin que se requiera nuevo pronunciamiento del tribunal inferior.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Prescripción omitida en primera instancia y fallada en alzada en un cobro de facturas
Rechaza la casación en la forma de la ejecutante: no hay ultra petita, pues el artículo 208 del Código de Procedimiento Civil autoriza a la alzada a fallar la prescripción omitida por incompatible.
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Nulidad por simulación de ventas de los padres a sus hijos pedida por otro hijo
Rechaza la casación en el fondo del demandante: no impugnó la falta de legitimación activa y pasiva acogida, sino que expuso su propia tesis de fondo, de modo que los errores alegados no influyen en lo resuelto.
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Robo en estacionamiento del Mall Arauco Maipú y legitimación pasiva de Parque Arauco
Rechaza las casaciones en la forma y en el fondo de Parque Arauco: no hubo ultra petita al revisar su legitimación pasiva, y negar que administraba de hecho el mall exige alterar los hechos fijados.
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Terminación de arriendo por no pago de servicios e identidad del inmueble en alzada
Rechaza ambas casaciones de la demandada: la falta de competencia no se reclamó antes de verse la causa, la identidad del inmueble integraba el debate y no se denunciaron las normas de la Ley 18.101.
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Recepción tácita de las obras de la Pulpería de la Salitrera Santiago Humberstone
Declara inadmisible la casación en el fondo de la demandante: plantea por vía de fondo vicios propios de la casación en la forma y no denuncia las normas decisorias de la litis sobre la relación contractual.
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Pacto de permanencia con una trabajadora: competencia de los juzgados del trabajo
Rechaza las casaciones de la demandante: no hay decisiones contradictorias, las partes alegaron sobre la incompetencia y el conflicto entre empleador y extrabajadora corresponde a los tribunales laborales.
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Legitimación pasiva de la Dirección de Obras Hidráulicas en un reclamo
Revoca la falta de legitimación pasiva, pues el reclamo se dirigió bien contra la Dirección de Obras Hidráulicas, y ordena al tribunal de alzada decidir el fondo omitido, conforme al artículo 208.
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Disolución de Protec Limitada por pérdida de la affectio societatis entre sus dos socios
Rechaza la casación de la demandada reconvencional: la pérdida de la affectio societatis es motivo grave del artículo 2108 del Código Civil, y el recurso omitió las normas decisorias de la litis.
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Venta de nuda propiedad a las hijas: la alzada no resolvió la nulidad por simulación
Acoge la casación en la forma de la demandante: la Corte de Santiago, tras rechazar la nulidad por causa ilícita, no se pronunció sobre la acción subsidiaria por simulación; tiene por no interpuestas las de fondo.
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Reincorporación tardía en la Policía de Investigaciones: lucro cesante y daño moral
Rechaza la casación del Fisco por manifiesta falta de fundamento: la demora en reincorporar fue imputable a la institución y el lucro cesante y el daño moral descansan en la apreciación de la prueba.
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