Artículo 418 del Código Penal
Qué dice el artículo
ART. 418.
Las injurias graves hechas por escrito y con publicidad, serán castigadas con las penas de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.
No concurriendo aquellas circunstancias, las penas serán reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 12 de noviembre de 1874 · promulgación: 12 de noviembre de 1874 · Última modificación: 20 de agosto de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Injurias graves: nulidad del querellante contra la absolución va a la Corte de Santiago
Declara competente a la Corte de Apelaciones de Santiago: la exclusión de prueba reclamada como infracción de garantías es en realidad un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra c).
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Absolución por injurias graves escritas y con publicidad: nulidad de la querellante
Rechaza la nulidad de la querellante: sus peticiones no distinguían entre la causal principal y las subsidiarias, y sus reproches apuntan a la valoración de la prueba, no a errores de derecho.
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Absolución por injurias en juicio simplificado sin sentencia escrita
Acoge la nulidad de la querellante e invalida el juicio y la sentencia: en el juicio simplificado la sentencia debe registrarse por escrito e íntegra, y solo se levantó un acta con lo resolutivo.
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Injurias graves en escritos a autoridades contra funcionarios municipales
Rechaza la nulidad de la defensa: no se probó la verdad de las imputaciones, la prueba no ofrecida en la querella no fue determinante y la sentencia valoró la prueba fundadamente.
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Nulidad contra condena por injurias graves: se remite a la Corte de Santiago
Declara competente a la Corte de Apelaciones de Santiago y le remite la nulidad de la defensa: las sentencias acompañadas no son contradictorias, sino que ponderan situaciones distintas.
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Injurias graves por declaraciones juradas acompañadas a un juicio de tuición
Rechaza la casación en el fondo de los condenados: piden absolución y en subsidio rebajar la indemnización, peticiones contradictorias, y no invocan la causal que permite revisar los hechos.
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Injurias graves con publicidad por entrevista en revista sobre violencia intrafamiliar
Rechaza la casación en el fondo del querellante: no precisó qué leyes reguladoras de la prueba se infringieron y, sin poder alterar los hechos, tampoco prospera la causal que pedía condenar.
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Injurias graves contra un diputado en un medio de comunicación y excepción de verdad
Rechaza la casación en la forma y en el fondo del querellado: la forma traía causales incompatibles y en parte no preparadas, y el artículo 30 de la Ley N° 19.733 no es norma reguladora de la prueba.
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Querella por injurias en correos anónimos y diligencias para identificar al autor
Acoge la queja y ordena acoger a tramitación la querella: el artículo 400 del Código Procesal Penal permite pedir al juez diligencias para identificar al querellado.
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Injurias graves por escrito y con publicidad mediante una carta: se mantiene la absolución
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la querellante: los artículos 477 y 478 del Código de Procedimiento Penal no son reguladores de la prueba y, sin delito acreditado, no hay deber de indemnizar.
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