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Artículo 99 del Código Penal

Qué dice el artículo

ART. 99.

Esta prescripción se interrumpe quedando sin efecto el tiempo trascurrido, cuando el condenado, durante ella, cometiere nuevamente crimen o simple delito, sin perjuicio de que comience a correr otra vez.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 12 de noviembre de 1874 · promulgación: 12 de noviembre de 1874 · Última modificación: 20 de agosto de 2026.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

  • Rol 31094-20262026-06-11Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Prescripción de la pena: una condena posterior a pena de falta no la interrumpe

    Revoca la sentencia y acoge el amparo: para interrumpir la prescripción según el artículo 99 del Código Penal se atiende a la pena en concreto, aquí de falta; ordena nueva audiencia.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 99
    «[…] Que, conforme a lo que dispone el artículo 99 del Código Penal, aquella no tiene no tiene la aptitud de interrumpir el cómputo de la prescripción, pues para estos efectos debe atenderse a la pena en concreto, que en este caso correspondería a una de falta, y no a la sanción que el injusto tiene aparejada en abstracto. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 31094-2026

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  • Rol 15106-20262026-04-02Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Prescripción de una pena de prisión impuesta en 2014 por robo por sorpresa frustrado

    Revoca y acoge el amparo: la prisión es pena de falta que prescribe en seis meses, plazo que volvió a correr desde la última condena de 2021 y ya transcurrió, por lo que declara prescrita la pena.

  • Rol 43440-20252025-10-29Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Prescripción de sanción adolescente de libertad asistida especial impuesta en 2007

    Revoca la sentencia y declara prescrita la sanción: por ser de simple delito, la libertad asistida especial prescribe en dos años según el artículo 5° de la Ley N° 20.084.

  • Rol 34592-20252025-09-04Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Prescripción de nueve estafas y apropiaciones indebidas en procedimiento simplificado

    Confirma el rechazo del amparo: aunque la querella no suspende la prescripción, faltan antecedentes sobre dos de los hechos para saber si transcurrió el plazo de cinco años.

  • Rol 17334-20252025-05-28Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Amparo por prescripción gradual de la pena: condenas por faltas no interrumpen el plazo

    Revoca la sentencia y acoge el amparo: corrieron más de dos años y diez meses de prescripción de la pena y las condenas por faltas no la interrumpen; ordena nueva audiencia.

  • Rol 235444-20232023-10-19Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Amparo de la Corte de San Miguel sobre prescripción gradual de la pena

    Confirma sin dar razones propias; un voto en contra estuvo por acoger el amparo por haber transcurrido el plazo de la prescripción gradual del artículo 103 del Código Penal.

  • Rol 80798-20222022-09-14Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Amparo de la Corte de Valparaíso sobre prescripción de pena de simple delito

    Confirma sin dar razones propias; un voto en contra estuvo por acoger el amparo porque el nuevo delito solo hace perder el tiempo transcurrido de prescripción de la pena.

  • Rol 124329-20202020-10-06Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Amparo de la Corte de San Miguel: ajeno a los fines de la acción constitucional

    Confirma el rechazo del amparo por ser ajeno a los supuestos y fines del artículo 21 de la Carta Fundamental; un voto en contra estimaba prescrita la pena impuesta como adolescente.

  • Rol 45446-20172017-12-27Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Prescripción gradual de la pena tras nuevos delitos: el juez debe resolver la rebaja

    Revoca la sentencia y acoge el amparo solo para que el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago resuelva la solicitud del artículo 103 del Código Penal, pues transcurrió más de la mitad del plazo.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 99
    «[…] hechos que sucesivamente interrumpieron la prescripción conforme al artículo 99 del Código Penal, la que no alcanzó a completar el término de 5 años necesario para la extinción de la responsabilidad por el primer ilícito referido. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 45446-2017

  • Rol 30199-20152016-04-27Segunda Sala(CRIMEN) CASACIÓN FONDO

    Prescripción de la acción por fraude tributario: causa paralizada más de tres años

    Acoge la casación en el fondo y anula la condena: paralizada la causa del 26 de diciembre de 2006 al 9 de abril de 2015, la prescripción siguió corriendo según el artículo 96 del Código Penal.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 99
    «[…] comparecen con creces los tiempos máximos previstos para los crímenes investigados y que el ordenamiento criminal fija en diez años, sin que tampoco se haya establecido como cierta alguna circunstancia que conforme a los artículos 99 y 100 del Código Penal interrumpa el plazo de prescripción o importe un cómputo especial de los días de ausencia del responsable del territorio de la República […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 30199-2015

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