Artículo 61 del Código Tributario
Qué dice el artículo
Artículo 61.- Salvo disposición en contrario, los preceptos de este Código, no modifican las normas vigentes sobre secreto profesional, reserva de la cuenta corriente bancaria y demás operaciones a que la ley dé carácter confidencial.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 31 de diciembre de 1974 · promulgación: 27 de diciembre de 1974 · Última modificación: 11 de julio de 2025.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Patente municipal de Providencia cobrada a una sociedad absorbida por fusión
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la Municipalidad de Providencia: la sociedad absorbida terminó por el solo ministerio de la ley con la escritura de fusión y el cobro era improcedente.
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